Imagen
Un banco ha sido sancionado con una indemnización millonaria por haber perseguido a un cliente durante años por una deuda que no existía. La entidad financiera fue obligada a compensar al consumidor por daño moral y punitivo, a pesar de que este había recibido un certificado de libre deuda. El caso, analizado por el abogado Napoleón Gambetta, destaca el desgaste emocional y la conducta abusiva del banco.

Una pesadilla burocrática de casi cinco años

La situación comenzó en septiembre de 2019, cuando un cliente canceló su tarjeta de crédito tras verificar con el banco que no tenía saldos pendientes. Sin embargo, poco después, comenzó a recibir correos amenazantes, insistiendo en una deuda inexistente. A pesar de que en una audiencia en Defensa del Consumidor el banco reconoció el libre deuda del cliente, el hostigamiento continuó.

Siete meses más tarde, el cliente volvió a recibir llamadas y correos de un estudio jurídico que lo amenazaba con embargos. A pesar de las pruebas que lo respaldaban, el banco continuó con su acoso. En 2022, el cliente volvió a Defensa del Consumidor, pero esta vez el banco ni siquiera se presentó.

Justicia para el consumidor: un fallo ejemplar

El cliente, agotado, presentó una demanda judicial. El juzgado falló a su favor, reconociendo que el "daño moral" era "evidente" debido a la angustia y el tiempo perdido. El abogado Gambetta subrayó que el banco tuvo múltiples oportunidades para corregir su error, pero en su lugar optó por hostigar al cliente. "Esto fue algo alevosamente ilegal y costó tres años de la vida de una persona por no corregir a tiempo un error", declaró el abogado.

El fallo condenó al banco a pagar $600.000 por daño moral y $1.000.000 adicionales como daño punitivo. Esta última figura se aplica en casos de conducta grave y deliberada, y tiene como objetivo disuadir a la empresa de repetir acciones similares en el futuro.