Puede ser una imagen de coche y texto

La Justicia Electoral provincial habilitó la página para justificar el "no voto" en las elecciones del 16 de abril pasado.

El link es el siguiente: http://200.70.33.130/sec_electoral/justificacion_no_voto_2023/

En principio iba a estar disponible a partir del 2 de mayo aunque se adelantó.

Otra opción es el link: http://www.noticiasjusneuquen.gob.ar/novoto/  

Cabe aclarar que, aquellos que prefieran realizar el trámite de manera presencial, pueden hacerlo en el Juzgado de Paz más cercano a su domicilio.

El monto de la multa es de 2.820 pesos. El artículo 151 del código señala que "A los efectos del artículo 31 de esta Ley, se impondrá multa de diez (10) a veinte (20) módulos electorales al elector mayor de dieciocho (18) años y menor de setenta y cinco (75) años de edad que deje de emitir su voto y no se justificare ante el juez electoral dentro de los treinta (30) días de la respectiva elección".

También se difundió el link para explicar el "paso a paso" del pago de la multa (clickeando se puede ingresar): https://electoral.freshdesk.com/support/solutions/articles/69000569517--c%C3%B3mo-pago-la-multa-si-no-fui-a-votar-

Cuando se acredite la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 20 de esta Ley, se entregará una constancia al efecto". El valor de cada módulo es de 282 pesos.

El articulado agrega: "Es causa suficiente para la aplicación de la multa, la constatación objetiva de la omisión no justificada. Los procesos y las resoluciones judiciales que se originen respecto de los electores que no consientan la aplicación de la multa, podrán comprender a un infractor o a un grupo de infractores. Las resoluciones son apelables ante la alzada del juez electoral", detalla.