La Justicia civil de Neuquén condenó a la titular registral de un vehículo por un siniestro ocurrido en 2022. Pese a que se había desprendido del rodado en 2014, la falta de denuncia de venta la hace responsable solidaria por las lesiones y daños causados a un ciclista.
Un fallo de la jueza civil María Eliana Reynals sirve como una severa advertencia para quienes venden vehículos sin completar los trámites ante el Registro de la Propiedad Automotor. La sentencia obliga a la antigua dueña y al conductor del vehículo al momento del hecho a indemnizar a un ciclista que fue atropellado en la intersección de Avenida Argentina y Albardón, en la capital provincial.
La "actitud omisiva" y la responsabilidad civil
Aunque la mujer acreditó que el auto fue vendido en 2014, la jueza consideró que existió una "actitud omisiva" al no regularizar la situación del vehículo durante casi una década. Según el fallo, al no existir una transferencia ni una denuncia de venta, el titular sigue siendo legalmente responsable por los daños causados por el "riesgo de la cosa".
"La denuncia de venta es el único mecanismo que la exime de responsabilidad frente a terceros. La demandada no realizó dicho trámite durante los casi ocho años transcurridos entre la venta y el hecho", remarcó la magistrada.
El siniestro: prioridad de paso y lesiones
El accidente ocurrió cuando el conductor del automóvil no cedió el paso al ciclista, quien circulaba por la derecha y tenía la prioridad. El impacto fue de tal magnitud que el ciclista:
Perdió el conocimiento y sufrió lesiones de consideración.
Sufrió la destrucción total de su bicicleta.
Vio afectada su vida laboral como profesor de educación física y guardavidas, al no poder realizar sus tareas habituales ni competir en disciplinas deportivas.
La defensa intentó alegar que la víctima no llevaba casco, pero la jueza descartó este argumento como eximente, señalando que la falta de protección podría incidir en la gravedad de la lesión, pero no en la producción del accidente causado por la imprudencia del conductor.
El costo de la omisión
La condena incluye resarcimientos por diversos conceptos que la antigua dueña ahora deberá afrontar de forma solidaria:
Daño físico e incapacidad.
Lucro cesante (por la imposibilidad de trabajar en su profesión).
Daño moral.
Daños materiales (reposición del rodado).
Este caso subraya que, para la ley, el desprendimiento material de un vehículo no es suficiente para cortar el vínculo legal. La única forma efectiva de desligarse de futuras responsabilidades civiles es mediante la transferencia inmediata o la presentación de la denuncia de venta ante el Registro Seccional correspondiente.
