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Por pedido del asistente letrado Bruno Miciullo, un varón, S.D.G, será juzgado ante un tribunal colegiado acusado por abusar sexualmente de un niño de su entorno familiar en dos viviendas de la ciudad de Centenario.

Lo resolvió un juez de garantías en audiencia de control de acusación realizada hoy en la Ciudad Judicial, en la que el funcionario del MPF describió los hechos, la calificación legal y la prueba.

Los delitos que el asistente letrado de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales le atribuyó al imputado son abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda, -continuado-, en concurso real con promoción de la corrupción de menores, todo en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafo inciso “b”, 125 primer y segundo párrafo y 45 del Código Penal).

La teoría del caso que describió Miciullo es que S.D.G abusó sexualmente de un niño de su entorno familiar en dos momentos distintos.

- El primer hecho fue cometido entre 2019 y 2021, en una casa ubicada en Centenario. Para cometer los abusos, que se dieron de forma reiterada, el imputado aprovechaba cuando la víctima quedaba a su cuidado.

- El segundo hecho atribuido ocurrió el 9 de abril de 2024 a la madrugada, en otro domicilio de la misma ciudad. Allí, S.D.G abusó sexualmente de un niño de su entorno familiar en horas de la madrugada y fue descubierto por dos amigos del niño que vieron lo que ocurría y salieron corriendo.

Las funcionarias de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia Agustina Jarry y Andrea Rapazzo, que intervinieron como querellantes en representación de la víctima, adhirieron al requerimiento de la fiscalía.

Entre la prueba que las partes acusadoras llevarán para producir en al debate, se encuentran las declaraciones de familiares, testigos, peritos, médicos y efectivos policiales, además de prueba documental.

Durante la audiencia Bruno Miciullo también pidió que se extienda por seis meses más la prohibición de acercamiento a menos de 200 mts y de contacto por cualquier medio que el acusado viene cumpliendo. La medida fue fijada para resguardar la integridad de la víctima y su grupo familiar.

El juez de garantías Luciano Hermosilla, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el requerimiento de apertura a juicio presentado por la fiscalía y la querella y abrió la etapa de juicio. Además, el magistrado dio intervención a un tribunal colegiado para que juzgue el caso.

Finalmente, y en relación a la medida de coerción requerida, el juez fijó la prohibición de acercamiento y contacto de acuerdo a lo solicitado por la fiscalía.

Con la resolución adoptada por el magistrado, en los próximos días la Oficina Judicial Penal deberá fijar la fecha para la realización del juicio donde se determinará la responsabilidad del acusado.