Un hombre, acusado por abusar sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar, fue condenado hoy mediante un acuerdo de partes a cumplir 11 años de prisión efectiva.
La declaración de responsabilidad penal y la imposición de la pena se realizaron durante una audiencia ante un tribunal de tres jueces y con el consentimiento de la víctima y de su madre, lo que posibilitó llegar a una condena sin atravesar la instancia de juicio.
A lo largo de todo el proceso, que estuvo a cargo de la fiscal del caso Silvia Moreira, la niña y su madre fueron asistidas por Clara Mercurio, psicóloga del Servicio de Atención a la Víctima y Testigos del Ministerio Público Fiscal.
Con el respaldo del querellante en representación de la niña, la fiscal Moreira presentó el acuerdo a los jueces, quienes tras escuchar a las partes declararon la responsabilidad penal de J.E.O por “los hechos ocurridos entre el 10 de julio de 2015 y marzo de 2021”. Según explicó la fiscal, comenzaron en la provincia de Río Negro y continuaron en Neuquén, en una localidad cercana a la Capital.
Producto de los abusos cometidos, la niña quedó embarazada. Tras la atención médica, se activaron los protocolos de intervención y se le practicó una interrupción legal del embarazo (ILE) en un hospital público.
El hombre fue declarado responsable por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber sido cometido aprovechándose de la situación de convivencia con una menor de 18 años; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado un grave daño en la salud y por haber sido cometido aprovechando la situación de convivencia con una menor de 18 años; en concurso ideal con corrupción de menores, agravado por ser la victima menor de 18 años, en calidad de autor (artículos 119, segundo, tercer y cuarto párrafo, incisos a y f; 125, segundo párrafo; y 45 del Código Penal).
Tras escuchar a las partes, y luego de que éstas renunciaran a los plazos de impugnación, el tribunal declaró la responsabilidad penal de J.E.O y le impuso los 11 años de prisión solicitados. El condenado comenzó a cumplir de manera inmediata la pena y, además, fue inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).