
Una jueza de Río Negro rechazó el argumento de que las plataformas son "simples intermediarias" y dictó una indemnización millonaria a favor de un comprador perjudicado por la inflación.
El ecosistema del e-commerce en Argentina sumó un precedente legal de fuerte impacto. La Justicia Civil de la localidad rionegrina de Choele Choel emitió una condena solidaria contra Mercado Libre, la empresa de correo Andreani y la firma comercial Jobu S.A., obligándolas a resarcir con más de $3,2 millones a un usuario. La resolución penaliza la anulación unilateral de una transacción que dejó al cliente sin el artículo seleccionado mientras su costo de mercado se duplicaba debido al proceso inflacionario.
El dictamen, emitido por la magistrada Natalia Costanzo, ataca directamente la histórica defensa corporativa de las firmas tecnológicas, las cuales suelen posicionarse como meros soportes digitales ajenos a los conflictos contractuales entre terceros. La jueza determinó que tanto el canal de ventas digital como el operador de transporte constituyen eslabones indivisibles de la cadena distributiva y deben asumir los riesgos frente al destinatario final.
Crónica de una transacción frustrada
El conflicto se originó a principios de julio de 2022, cuando un residente de Choele Choel adquirió un lavavajillas de la marca Whirlpool dentro del portal de Mercado Libre. El valor neto del electrodoméstico era de $131.900, pero con la adición de los costos fiscales y el flete logístico, el desembolso total a través del sistema Mercado Pago alcanzó los $167.913. El destino del equipo era optimizar las dinámicas hogareñas de una familia numerosa con cuatro hijos.
Pocos días después de efectuado el pago, el producto nunca arribó y la plataforma notificó la baja de la operación de forma inconsulta. Pese a que el damnificado rechazó explícitamente la anulación y exigió que se le entregara el bien, Mercado Libre procedió a la restitución forzosa de los fondos bajo el amparo de su programa de "Compra Protegida". El perjuicio real radicó en que, para el momento del reembolso, el valor de reposición del mismo artefacto ya rozaba los $300.000. Ante la falta de respuestas, el afectado recurrió a la vía judicial por daños y perjuicios.
Los descargos corporativos y el rechazo de la jueza
En el transcurso del litigio, Mercado Libre alegó que su intervención se limita a proveer una infraestructura virtual para enlazar a vendedores con compradores, desvinculándose de las etapas de empaquetado, control de stock y traslado. Bajo esa premisa, señaló que sus reglamentos internos y condiciones de uso la eximen de responsabilidades por pérdidas o incumplimientos de las tiendas asociadas.
A su turno, Andreani solicitó el traslado del expediente al fuero federal por poseer estatus de prestador postal, justificando que la encomienda había sido reencauzada hacia el remitente original por orden directa de la firma vendedora bajo la modalidad técnica de "rescate de cliente".
Todas estas argumentaciones fueron desestimadas por el juzgado de primera instancia:
Sobre el rol de la plataforma: La jueza remarcó que Mercado Libre no actúa como un mero nexo técnico, sino que diseña, comisiona, lucra y estructura las operaciones de su ecosistema, volviéndose responsable directa cuando el mecanismo falla.
Sobre el rol logístico: Determinó que Andreani provee una prestación esencial para el perfeccionamiento del consumo (la entrega física), quedando incorporada al mismo esquema de responsabilidades.
Detalles económicos y alcance del dictamen
Haciendo uso del artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, la sentencia fijó una indemnización de $3.282.870 (más los intereses devengados y las cargas del proceso), compuesta por los conceptos de daño emergente, privación del uso del bien y daño moral.
El componente más severo del fallo fue la imposición de $2 millones bajo la figura de daño punitivo, debido a que el tribunal consideró que las compañías exhibieron una conducta comercial "objetivamente descalificable" y carente de esfuerzos reales para solucionar el problema del cliente.
La sentencia asesta un duro golpe a las cláusulas de limitación de responsabilidad que los usuarios aceptan digitalmente al registrarse en estos portales, anteponiendo el marco protectorio de las leyes nacionales de consumo. Aunque se prevé que las multinacionales apelen la medida para llevar el caso a estancias superiores, el dictamen inicial sienta una base regulatoria clave para las compras en línea en el país.
