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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha hecho pública la actualización de los límites de facturación y las cuotas mensuales del régimen simplificado del Monotributo que rigen durante diciembre de 2025. Esta difusión precede el inminente proceso de recategorización obligatoria que los contribuyentes deberán completar a principios del próximo año.


El organismo recaudador informó que la primera etapa del cronograma de actualización de categorías está prevista para febrero de 2026. En ese momento, quienes superaron los topes de ingresos anuales de su escala fiscal deberán ajustar su situación para cumplir correctamente con sus obligaciones.

Cuotas mensuales de diciembre

La ARCA detalló los montos que los monotributistas deben abonar por la prestación mensual correspondiente a diciembre, antes de la recategorización. Los valores varían según la escala y el tipo de actividad (Servicios o Comercio):

·Para la Categoría A, la cuota asciende a $37.085,74.

·En la Categoría B, el importe es de $42.216,41.

·En la Categoría C, los servicios pagan $49.435,58, mientras que el comercio abona $48.320,22.

·Para la Categoría D, los valores son de $63.357,80 (servicios) y $61.824,18 (comercio).

·La Categoría E exige un pago de $89.714,31 para servicios y $81.070,26 para comercio.

·En la Categoría F, la cuota es de $112.906,59 (servicios) y $97.291,54 (comercio).

·Para la Categoría G, servicios paga $172.457,38 y comercio $118.920,05.

·La Categoría H tiene una cuota de $391.400,62 para servicios y $238.038,48 para comercio.

·En las categorías más altas, la Categoría I paga $721.650,46 (servicios) y $355.672,64 (comercio).

·La Categoría J asciende a $874.069,29 (servicios) y $434.895,92 (comercio).

·Finalmente, la Categoría K registra los montos más altos: $1.208.890,60 para servicios y $525.732,01 para comercio.

La clave de la recategorización

La recategorización es un paso fundamental para que los contribuyentes actualicen su situación fiscal, tomando en cuenta los movimientos económicos del último año (12 meses).

Para este proceso, se deben evaluar diversos indicadores, entre los cuales se encuentran:

·El total de ingresos acumulados.

·La energía eléctrica consumida durante ese período.

·La superficie que el contribuyente tiene dedicada a su actividad económica.

·Los alquileres que se hayan devengado, en caso de que corresponda.

El incumplimiento en el pago de las cuotas del Monotributo expone a los trabajadores autónomos a severas sanciones de índole legal y económica, incluyendo la pérdida de la obra social, la cobertura previsional y la inhabilitación para emitir facturas legales.