Imagen
La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca adecuar el marco normativo y favorecer la libre contratación

El Gobierno nacional ha determinado que los establecimientos educativos de gestión privada ya no requerirán de autorización oficial previa para implementar aumentos en sus cuotas y matrículas. Esta decisión se materializó a través de la publicación del Decreto 787/2025 en el Boletín Oficial de este 11 de noviembre de 2025.

La normativa establece la derogación total del Decreto 2417/1993, el cual históricamente había fijado las pautas que regían la comunicación y fijación de aranceles.
Justificación de la desregulación

El Poder Ejecutivo fundamenta la medida en la necesidad de modernizar el marco regulatorio del sistema educativo, que consideran obsoleto. El decreto explica que el esquema de control establecido en los años noventa (Decretos 2542/91 y 2417/93) respondía a un contexto ya superado, cuando la administración educativa dependía directamente del Estado central. En la actualidad, la transferencia de competencias a las provincias hace necesaria la revisión del régimen.

Según los considerandos de la norma, la limitación estatal previa en la fijación de precios generaba "distorsiones" que afectaban tanto a las instituciones como a los usuarios, al restringir la capacidad de las escuelas para actualizar sus tarifas según sus costos reales. Además, el Gobierno advierte que la intervención previa creaba “incertidumbre económica”, lo que podía llevar a los colegios a fijar cuotas iniciales más altas para anticipar futuros incrementos no autorizados.

El texto subraya que el sistema anterior “restringe el derecho de propiedad y el principio de libre contratación” de los institutos. El nuevo esquema busca "restablecer la libertad de gestión" y promover un ambiente competitivo que permita sostener la calidad educativa y el derecho de las familias a elegir.

Puntos clave del Decreto 787/2025

·Eliminación de la autorización previa: El Decreto 787/2025 deroga la regulación que obligaba a las escuelas privadas a solicitar permiso para modificar aranceles.

·Autonomía de gestión: Se fomenta que los institutos definan sus cuotas y escalas salariales de manera independiente, basándose en sus costos de mercado.

·Revisión pendiente: El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, deberá revisar y proponer cambios al Decreto Nº 2542/91 para su actualización.

·Marco federal: La medida reconoce explícitamente que la educación es competencia de las jurisdicciones provinciales.