La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha puesto un punto final al extenso proceso judicial derivado del desastre ferroviario de Once de 2012, que cobró la vida de 51 personas. El máximo tribunal ratificó en forma definitiva la condena impuesta al exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, por su participación en la defraudación a la administración pública.
La decisión de los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se concretó al declarar inadmisibles tanto los recursos extraordinarios presentados por la defensa del exfuncionario como los del Ministerio Público Fiscal. Con este paso, la pena de cuatro años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos quedan firmes.
El alcance de la imputación
La condena contra De Vido se centró en su rol como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta. El poder judicial determinó que, en su calidad de ministro, incumplió su deber de ejercer una fiscalización adecuada sobre el destino de los subsidios y fondos girados a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA), la concesionaria a cargo de la línea Sarmiento.
Trayectoria de la causa y cadena de responsabilidades
El caso Once comenzó a dirimirse en 2015, cuando el Tribunal Oral Federal N°2 dictó sentencias contra el motorman Marcos Córdoba, la cúpula de TBA y los entonces secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi. En aquel primer juicio se concluyó que la combinación de un servicio deficiente y un manejo imprudente fue la causa directa del siniestro.
Posteriormente, en 2018, la investigación se amplió y el Tribunal Oral Federal N°4 impuso una pena de cinco años y ocho meses a De Vido, si bien lo eximió del delito de estrago culposo. En esa instancia, los jueces subrayaron la existencia de una "cadena de responsabilidades" que vinculaba al exministro con los funcionarios de menor rango encargados de la fiscalización del sistema.
Tras las apelaciones correspondientes, la Cámara Federal de Casación Penal ajustó la pena a cuatro años en abril del año en curso. Con la reciente resolución de la CSJN —que rechazó, entre otros planteos, el intento de la defensa de argumentar la prescripción del caso— el fallo adquiere carácter de cosa juzgada, consolidando la sentencia contra el exministro.
