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Un fallo judicial determinó que el presidente no tendrá que borrar su publicación en X, al considerar que su cuenta personal no es un canal de comunicación oficial del Estado. El magistrado distinguió entre las acciones personales del mandatario y los actos institucionales.

Un juez federal resolvió que el presidente Javier Milei no deberá borrar una publicación en la red social X (antes Twitter) que la familia de Ian Moche, el niño de 12 años con autismo, consideró ofensiva. El fallo del juez Alberto Osvaldo Recondo desestimó el recurso de amparo presentado por la familia, sentando un precedente sobre los límites de la libertad de expresión de un mandatario en sus redes sociales.

En su resolución, el magistrado argumentó que la cuenta de Milei en X no es un canal oficial de comunicación del Estado. Según el juez, si bien el presidente es jefe de Estado las 24 horas, no todas sus acciones personales tienen consecuencias institucionales. Esta distinción entre lo personal y lo institucional fue un punto clave para la decisión.

El fallo también señaló que la publicación en cuestión no dañaba la "honra ni la reputación" de Ian Moche, ya que el comentario estaba dirigido a un periodista y no directamente al menor. Además, el juez precisó que compartir una publicación (repostear) no implica una adhesión total al contenido, ya que de lo contrario se le atribuiría a un usuario la responsabilidad absoluta de las publicaciones de terceros.

Finalmente, Recondo sostuvo que el "alto perfil" público de Ian Moche lo expone a las opiniones y críticas que se derivan de su actividad, un factor que consideró relevante en su decisión.