Por: Recirculando
Lo primero que salta a la vista, aunque no seamos expertos en la materia, es que el principal problema con las leyes en nuestro país es que son de difícil aplicación por falta de voluntad política y de recursos (que abundan en algunos sectores pero escasean en otros). Quizás el problema de fondo radique, precisamente, en que nuestra sociedad se caracteriza por su desprecio a las normas de todo tipo.

Se violan las reglas de tránsito y los códigos edilicios; no se cumplen las leyes sobre discapacidad, ni la de talles, ni la de bosques; tampoco la de protección de los glaciares y la de gestión de residuos. Será difícil revertir la “anomia” como conducta social pero no imposible y es el mismo Estado quien debe predicar con ejemplo.

Desde el grupo Recirculando en Cutral Co y Plaza Huincul hace ya casi 3 años que comenzamos con el reclamo por la erradicación de los basurales a cielo abierto y la gestión integral de los residuos sólidos urbanos (GIRSU). Básicamente porque no se cumplen las leyes al respecto, descuidando totalmente la protección del ambiente y la calidad de vida de la población.

La Ley 25.916, es una ley que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios de cualquier origen, se denomina así a aquellos elementos, objetos o sustancias que como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son desechados y/o abandonados por considerarlos carentes de valor. El propósito de esta ley es establecer lineamientos para la GIRSU que comprende siete etapas: generación, disposición inicial, recolección, transferencia, transporte, tratamiento y disposición final y de esta forma erradicar los basurales a cielo abierto que resultan un foco de contaminación. Siendo competencia de cada municipio su cumplimiento efectivo. Se establecieron plazos máximos de 10 y 15 años para adecuarse a la ley, a contar desde su entrada en vigencia que fue en el año 2004 a nivel nacional y en el año 2009 a nivel provincial. Neuquén adhirió a esta ley mediante la sanción de la ley provincial N°2648 estableciendo los mismos plazos para la erradicación de los basurales a cielo abierto en toda la provincia. A nivel local Plaza Huincul adhirió a la ley provincial mediante la ordenanza n°1247/09 ese mismo año y Cutral Co no se ha adherido hasta el día de la fecha.

Vencidos estos plazos queda prohibido que haya basurales a cielo abierto en todo el territorio nacional y se prohíbe no tener GIRSU, sobre todo por los residuos recuperables y/o reciclables que mediante esta ley se convierten en recursos con valor económico (tanto orgánicos compostables como inorgánicos reciclables no son basura son recursos), quedando solo un mínimo descarte a disponer en rellenos sanitarios (Basureros con medidas mínimas de seguridad para evitar la contaminación y las emanaciones tóxicas). Los plazos están vencidos hace ya 4 años pero se tuvo 14 en total para hacerlo y no se avanzó prácticamente nada en la aplicación de la ley (los lentos tiempos de la política solemos decir resignados) cuando en la realidad se ve que las necesidades de los habitantes exigen separación en origen y recolección diferenciada, funcionamiento a pleno de la planta de residuos (Plaza Huincul ni siquiera cuenta con una) y trabajo conjunto con los recuperadores urbanos que realizan la actividad hace muchos años, como así también colocación de puntos de acopio de reciclables en todos los barrios y difusión de lo que se vende y en que se invierte el dinero .

La situación actual demuestra que dejar de contaminar con residuos no está en los planes a corto plazo de las autoridades locales, ni tampoco en los planes de los vecinos desconsiderados que tiran basura en lugares no permitidos sin recibir multa alguna. Nuestros residuos se entierran en las afueras de la ciudad sin ninguna medida de seguridad, no se impermeabilizan los suelos contaminando los acuíferos con lixiviados, el aire con la emanación de gases tóxicos producto de la descomposición y quema de los mismos; también son fuente de plagas y vectores de enfermedades diversas.

Mediante nota a la Subsecretaría de ambiente de provincia se consultó el porqué del incumplimiento de la ley y la ausencia de sanciones, a lo que se respondió algo casi inentendible: …”la aplicación de multas violaría los principios de colaboración y unidad de acción estatal y en caso de hacerlo faltaría a su finalidad por no adecuarse al interés público”... Entonces si no es posible aplicar las sanciones para que son mencionadas en las leyes? ¿Para qué se establecen tiempos de aplicación que nunca se respetan? Y volvemos a lo del principio…¿qué pasa con las leyes en Argentina?

¿Realmente sirven o son solo palabras en papel que nadie cumple? ¿Por qué Cutral Co y Plaza Huincul deciden no cumplir?