La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó un fallo que obliga a un hombre a indemnizar a su exesposa con más de $32 millones (más intereses). La resolución no solo castiga la violencia física, sino que reconoce la violencia económica, psicológica y el daño moral acumulado tras un matrimonio que terminó legalmente hace más de una década.
El contexto del fallo: Un divorcio con "culpa"
Para entender la magnitud de la cifra, la Justicia retrocedió hasta el origen de la ruptura:
Separación de hecho: Se produjo en 2006.
Sentencia de divorcio: Dictada en 2013, bajo el régimen anterior, donde se determinó que el esposo fue el único culpable debido a "injurias graves reiteradas".
El reclamo civil: Basada en esa culpabilidad, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios que demoró casi 20 años en resolverse de forma definitiva.
Las pruebas: Testimonios extremos y pericias clave
El tribunal validó la indemnización apoyándose en evidencias contundentes que desestimaron el argumento de la defensa, que intentaba reducir el caso a una "separación conflictiva común":
Violencia física y económica: Testigos relataron episodios donde la mujer fue expulsada de su hogar sin ropa y bajo amenazas. Se acreditaron también restricciones alimentarias impuestas por el hombre como método de control.
Incapacidad psíquica: Peritos psicológicos confirmaron que la víctima padece un cuadro de afectación parcial y permanente. El informe fue determinante al descartar que el daño fuera producto de la ruptura en sí, vinculándolo directamente al maltrato sistemático y las humillaciones públicas sufridas.
Nexo causal: La Justicia rechazó que el paso del tiempo hubiera diluido la responsabilidad del exmarido, entendiendo que las secuelas emocionales son una extensión de los hechos ocurridos hace dos décadas.
Composición de la indemnización ($32.780.000)
El monto total fue calculado utilizando fórmulas actualizadas para asegurar que la reparación sea real frente a la inflación y el tiempo transcurrido:
Daño Patrimonial: Compensación por la incapacidad psíquica que afecta la vida laboral y autónoma de la mujer.
Daño Moral: Reparación por los vejámenes, insultos y el hostigamiento constante.
Intereses: La cifra se incrementará significativamente desde la fecha del hecho hasta el pago efectivo.
Perspectiva legal: El enfoque de género
La Cámara subrayó que este tipo de condenas tiene una función reparadora y protectora. Al aplicar el Código Civil y Comercial vigente, los jueces priorizaron el derecho de la mujer a vivir una vida libre de violencia, validando que el Estado debe compensar económicamente a quienes han sufrido violaciones sistemáticas a su integridad personal dentro del ámbito familiar.
