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Una empresa del rubro hidrocarburífero deberá abonar más de 70 millones de pesos a un gerente que se desempeñó también como su presidente y que, luego de ser desplazado del cargo por la renovación de autoridades de la comisión directiva, se consideró despedido a raíz de una merma del 75 por ciento de su salario. El titular del Juzgado Laboral N° 2 de Cutral Co, Eduardo Richter, consideró que la baja significativa de los haberes configura una injuria suficiente para suponer un despido indirecto.

El magistrado destacó que “el caso bajo análisis no configura el que habitualmente debemos resolver, cuando se reclama por diferencias de haberes o indemnizaciones laborales”. En ese sentido, mencionó la “condición especial del accionante” pero también la de quienes integran la comisión directiva de la firma demandada, los cuales “antes que empresarios desconectados de la realidad cotidiana de la sociedad, en sus diversos ámbitos de actuación, son y fueron también trabajadores; y en tanto tales deberían contar con las garantías consagradas en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”.

El juez tomó su decisión en base a un dictamen pericial contable, al que consideró “concluyente” y en el cual no se halló “ninguna documentación que respalde el motivo por el cual se disminuyeron los haberes, ni se ha mencionado quién tomó esa decisión”.

Richter también señaló que “el accionante intimó en forma reiterada a que se le abonen correctamente y sin descuentos, los salarios rebajados a partir de mayo de 2023” y que, en ese sentido, la respuesta de la patronal fue siempre negativa y sin justificación. “Es por ello que la decisión extintiva bajo análisis resultó legítima y se basó en un supuesto de injuria suficiente”, añadió.

Por último, explicó que, en relación al despido indirecto, corresponde a quien lo invoca aportar suficientes elementos a fin de demostrar “la existencia de una injuria capaz de justificar la denuncia del contrato de trabajo”. Y entendió que “la actitud desplegada por la empleadora (reducción unilateral salarial) constituyó un supuesto de injuria hacia los intereses del demandante” suficiente para autorizarlo a darse por despedido.