Puede ser un gráfico de texto que dice "SALUD MENTAL"

Desde la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión de Salud Mental y Adicciones de la Provincia del Neuquén, emitió una comunicación donde “se solicita especial cuidado en el abordaje mediático de la situación actual de un usuario de Salud Mental de la ciudad de Neuquén T.T., evitando la publicación de fotografías, videos y manifestaciones agraviantes y estigmatizantes, que restringe expresamente la Ley de Salud Mental y las convenciones internacionales que la sustentan. Más allá de la cobertura de los hechos policiales o contravencionales, la estigmatización de un usuario de salud mental atenta contra la eficacia del tratamiento que se lleva adelante”.

El escrito agrega: “En ese sentido destacamos que por mandato expreso del plenario intersectorial del Órgano de Revisión de Salud Mental, se está trabajando para garantizar el derecho del usuario al acceso a la salud integral”.

“Insistimos que toda persona que se encuentre en situación de riesgo cierto e inminente para sí o terceros, puede ser internada de forma involuntaria (Art 20 - Ley de Salud Mental). Es decir, la Ley Nacional de Salud Mental plantea que la internación es un derecho del usuario/a. Es un recurso terapéutico restrictivo (excepcional) que tiene que ser determinado por el equipo interdisciplinario que interviene. El eventual riesgo para sí o para terceros debe ser evaluado por ese equipo”, dice.

En otro párrafo detalla: “ A más de 10 años de la implementación de la Ley de Salud Mental es necesario avanzar hacia el paradigma de los derechos humanos basado en el modelo de inserción comunitaria de las personas, evitando la estigmatización y criminalización de aquellas personas con problemáticas de salud mental y consumos problemáticos”.