La fiscal Florencia Gómez confirmó que el organismo nacional nunca autorizó la faena para el mercado local. Tras la polémica degustación en Trelew, ya se acumulan más de 20 denuncias de ONG proteccionistas y la causa avanza como "investigación preliminar".
La controvertida venta y degustación pública de carne de burro en la provincia de Chubut sumó un revés judicial determinante. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) se presentó ante la Fiscalía de Rawson y negó categóricamente haber autorizado la faena o la comercialización de este producto para el consumo interno.
La causa, que lleva adelante la fiscal especializada en delitos ambientales y maltrato animal, Florencia Gómez, se encuentra en etapa de “averiguación preliminar” y ya acumula más de 20 denuncias de organizaciones no gubernamentales (ONG) proteccionistas de Argentina y el Mercosur.
El origen del escándalo: empanadas y "prueba piloto"
El caso tomó trascendencia pública semanas atrás, luego de que un comercio de la ciudad de Trelew realizara una degustación abierta y promocionara la venta de empanadas y otros productos elaborados a base de carne de burro, logrando una amplia difusión mediática.
Si bien desde el entorno comercial se alegó que se trataba de una "prueba piloto" autorizada, la fiscal Gómez fue tajante al respecto:
"Lo que no está permitido, está prohibido. SENASA jamás habilitó la faena ni el consumo interno. La legislación nacional contempla la posibilidad de exportación de equinos, pero no habilita el consumo dentro del país".
La investigación penal actual no solo apunta a la comercialización irregular, sino también al potencial impacto sobre la especie y al severo incumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.
Vacío legal y riesgo sanitario: ¿Qué dice la ley?
A nivel nacional, la carne de burro para consumo interno está fuera del circuito formal. El trasfondo normativo que complica a los responsables del evento incluye:
Sin lugar en el Código Alimentario: El Código Alimentario Argentino no incorpora la carne de burro dentro de las especies autorizadas para el consumo habitual, por lo que no existen protocolos de faena, trazabilidad ni control sanitario para su expendio en carnicerías.
Orientación exclusiva a la exportación: Si bien la Ley 24.525 y el Decreto 974/98 regulan la industria de la carne equina, este marco está destinado exclusivamente a los mercados externos, dejando cualquier venta local en la ilegalidad.
Alerta de los especialistas
Además del frente judicial y sanitario, diversas organizaciones vinculadas a la protección equina encendieron las alarmas por la sustentabilidad de la iniciativa. Advirtieron que el burro es una especie cuya reproducción no es sencilla, por lo que este tipo de comercio informal podría poner en riesgo a las poblaciones locales del animal.
Por estas horas, la Fiscalía Ambiental de Rawson continúa cruzando datos y no se descartan nuevas medidas procesales e inspecciones en los próximos días para determinar las responsabilidades penales de los involucrados.
