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El Tribunal Oral Federal 1 desestimó la acusación fiscal por "déficit probatorio" y dictó sentencia absolutoria para los dos exjefes de Gabinete y el resto de los catorce procesados.


En un fallo unánime, el Tribunal Oral Federal 1 (TOF 1) dictó la absolución de todos los exfuncionarios y dirigentes deportivos imputados en la causa conocida como Fútbol para Todos (FPT). La sentencia fue emitida por los jueces José Michilini, Adrián Grunberg y Ricardo Basílico, quienes deliberaron por más de una hora tras escuchar las últimas palabras de los acusados.


Esta resolución puso fin a un proceso judicial iniciado en 2014 a raíz de una denuncia presentada por la exlegisladora Graciela Ocaña. La acusación original apuntaba a una supuesta malversación de fondos estatales destinados al programa de televisación de partidos de Primera División.

La acusación vs. la sentencia

El fiscal Miguel Ángel Osorio había sostenido su acusación únicamente contra los exjefes de Gabinete, Jorge Capitanich y Aníbal Fernández, solicitando penas de prisión de entre 8 meses y tres años, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Sin embargo, el Tribunal concluyó que las pruebas presentadas eran insuficientes.

La maniobra investigada se centraba en la presunción de que, tras recibir los fondos del Estado por los derechos de televisación, la AFA no los transfería directamente a los clubes, sino que los utilizaba en un presunto negociado a través de cheques posdatados.

Al juicio oral y público llegaron catorce personas, incluyendo figuras de la AFA, la asociación Futbolistas Argentinos Agremiados y empresarios vinculados al descuento de cheques. No obstante, solo los dos exfuncionarios públicos enfrentaban pedidos de prisión.

Falta de pruebas concluyentes

Fuentes judiciales señalaron que el déficit probatorio fue clave para la decisión. El Tribunal corroboró una serie de elementos que impidieron sostener la acusación de administración fraudulenta agravada y violación de deberes de funcionario público:

·Inexistencia de Perjuicio: No se pudo acreditar un daño económico concreto y directo al Estado.

·Legalidad Operativa: El Tribunal no verificó que existiera un circuito ilícito o alternativo a las operaciones habituales que ya realizaba la AFA.

·Ausencia de Desvío Deliberado: No se encontró evidencia de que los imputados hubieran intervenido deliberadamente en un desvío de fondos.

De esta forma, el Tribunal validó los argumentos presentados por las defensas, que señalaron la falta de sustento para las imputaciones contra los exfuncionarios y dirigentes.