El Senado de la Nación derogó el aumento de 6,5% por unanimidad y las congeló hasta el 31 de diciembre de este año.

El proyecto aprobado señala que no tendrá alcance “para las señoras y señores senadores toda la actualización que se realice en el valor del módulo” entre el “1° de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2024″. Por ende, no gozarán del vigente aumento del lunes último a favor de los empleados legislativos de 3,5% para julio y de 3% -acumulativo- para el corriente mes.

“No debería ser una tarea de la Presidencia -de la Cámara alta- ni del Ejecutivo indicar cuáles deben ser los ingresos de los señores senadores”, aseguró el experimentado peronista disidente Juan Carlos Romero, alineado con LLA, quien dejó en claro que lo votado representa una “transición hasta encontrar hacia fin de año una verdadera solución”. El salteño luego apuntó a las críticas recibidas y recordó que, en varias zonas del Estado, es un “misterio”, como el valor de sueldos de directores de empresas públicas.

Por su parte el jefe del kirchnerismo, José Mayans señaló que "la gente merece una explicación” y manifestó que “hay mucha distorsión sobre la percepción de un legislador que tiene que venir a cumplir obligaciones”.

El oficialismo y la oposición comenzaron la discusión -en sesión especial- de un proyecto de Mayans que impone que el Presidente de la Nación tiene que tener un haber establecido en 20 salarios mínimo vital y móvil. Ése será el máximo que se aplicará a los miembros de los tres poderes del Estado, órganos extrapoderes, organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, y empresas y sociedades del Estado. Como el mínimo hoy está en 262.432,93 pesos, el del primer mandatario quedaría en 5.248.658,6 pesos.

Sobre autoridades superiores y jerárquicas como ministros, secretarios, subsecretarios y cargos equivalentes del Poder Ejecutivo Nacional, funcionarios y cargos jerárquicos de todas las jurisdicciones y entidades comprendidas en los incisos a), b), c), y d) del artículo 8º de la Ley 24.156, incluyendo al Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Banco Central de la República Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos, los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, del Ministerio Público Fiscal y del Poder Legislativo, sus remuneraciones no podrán superar 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, por todo concepto. Es decir, 3.936.493,95 pesos.

Por otra parte, a partir de Secretarios de Estado, la cifra baja a 10 salarios, mientras que para Directores/as Ejecutivos de las Empresas y Sociedades del Estado -YPF por ejemplo- será de nueve haberes mínimos. Si el proyecto obtuviera la aprobación del Senado y la sanción de Diputados, no sólo implicará que el Presidente tenga fijado su sueldo, sino que también impactará en la Corte Suprema de Justicia: magistrados del máximo tribunal pasarían a percibir casi $4 millones, ya que en la escala quedarían con 15 Salarios Mínimo Vital y Móvil.

Finalmente, sobre la iniciativa del kirchnerista, se decidió que el tema volviera a analizarse en las comisiones correspondientes.