El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) está prevista en la llamada “Ley Bases”, que ahora discute el Senado tras su media sanción en la Cámara baja. Beneficios fiscales y garantías.
En el proyecto Ley Bases impulsado por el presidente, este capítulo ofrece un marco legal de incentivos impositivos, aduaneros y cambiarios para atraer proyectos de inversión superiores a los 200 millones de dólares.
La UIA, en tanto, emitió un documento en el que señala: “En lo referido al RIGI, si bien la UIA viene destacando la importancia de contar con un régimen para grandes inversiones, también es clave desarrollar un régimen de incentivos para pymes que fomente las inversiones del entramado local. Asimismo, se había advertido a los distintos bloques parlamentarios que la actual redacción coloca a los proveedores locales en una situación de desventaja frente a los productos importados, toda vez que la importación no paga aranceles de ningún tipo mientras que los proveedores nacionales deben cumplir con todas sus obligaciones en materia arancelaria e impositivas”.
El gobierno afirma que el RIGI tiene como objetivo “generar un ambiente de seguridad jurídica que fomente la llegada de capital extranjero y nacional”, según consignan sus fundamentos.
¿Qué propone el RIGI?
El Régimen ofrece un conjunto de incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios para que las grandes inversiones encuentren en Argentina un destino atractivo:
1. Beneficios impositivos:
– Impuesto a las Ganancias:
– Alícuota reducida del 25% para los Vehículos Titulares de un Único Proyecto (VPU).
– Amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura.
– Transferencia de quebrantos impositivos no absorbidos dentro de los primeros 5 años.
– Impuesto al Valor Agregado (IVA):
– Devolución acelerada de saldos a favor en un plazo no mayor a tres meses.
– Pago del IVA a través de Certificados de Crédito Fiscal transferibles a terceros.
– Otros impuestos:
– Computar el 100% del impuesto sobre débitos y créditos bancarios como crédito en el Impuesto a las Ganancias.
2. Beneficios aduaneros:
– Exención de derechos de importación para bienes de capital, repuestos, partes e insumos.
– Exención de derechos de exportación durante los primeros tres años para proyectos adheridos al RIGI.
3. Beneficios cambiarios:
– Libre disponibilidad de divisas para exportaciones:
– 20% el primer año.
– 40% el segundo año.
– 100% a partir del tercer año.
– Divisas para financiamiento local o externo sin restricciones.
4. Estabilidad normativa:
– Estabilidad impositiva, aduanera y cambiaria durante 30 años.
– Garantía de no afectación por normativas más gravosas.
¿Quiènes pueden adherirse?
Para aplicar al régimen, los proyectos deben cumplir con ciertos requisitos:
A. Vehículos Titulares de un Único Proyecto (VPU):
– Sociedades Anónimas (incluidas unipersonales) y Sociedades de Responsabilidad Limitada.
– Sucursales de sociedades extranjeras.
– Uniones transitorias de empresas.
B. Monto de Inversión Mínima:
– Proyectos con una inversión superior a 200 millones de dólares.
C. Sectores incluidos:
– Agroindustria, Infraestructura, Forestal, Minería, Gas y Petróleo, Energía y Tecnología.
D. Detalle del plan de inversión:
– Cronograma estimado de inversión.
– Empleo directo e indirecto estimado.
– Balance comercial y de flujos de divisas proyectado para cinco años.
Críticas y polémicas
A pesar de los incentivos ofrecidos, el régimen ha suscitado críticas y controversias entre algunos sectores:
Competencia desleal
La Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) advierte que los beneficios pueden generar competencia desleal con la industria local, al permitir importaciones sin aranceles.
Otros sectores opositores argumentan que el techo de inversión mínimo de 200 millones de dólares deja fuera a las Pymes, que generan la mayor cantidad de empleo en el país.
Invalidez de normativas preexistentes
El artículo 162 de la Ley Bases anularía cualquier normativa previa que limite los beneficios del RIGI, lo que podría vulnerar la autonomía de provincias y municipios, según abogados constitucionalistas.
Falta de desarrollo de proveedores locales
Los críticos señalan que el régimen no incluye ítems para priorizar el desarrollo de proveedores locales ni especifica sectores a impulsar.
Sobre el RIGI, el senador radical Pablo Blanco sostuvo hoy que “es necesario hacerle modificaciones porque hay avance sobre facultades y derechos provinciales. Además hay errores de redacción que después pueden ser interpretados de forma incorrecta”.
La UIA, donde pesa el grupo Techint, a favor del RIGI, pero también incluye las voces de las pymes, apoyó la ley Bases, sobre todo por la reforma laboral, aunque advirtió sobre el régimen de grandes inversiones. “El RIGI podría fomentar la competencia desleal para las pymes”, adviertió en un comunicado la entidad que preside Daniel Funes de Rioja.
“Estoy conceptualmente a favor, pero encuentro algunos problemas que son muy nocivos para las pymes y la industria nacional y es fundamental que sean modificados”, opinó el economista Matías Kulfas por la red social X. “Estoy de acuerdo en que el país necesita un régimen de incentivo a las grandes inversiones. La inestabilidad macroeconómica que venimos padeciendo desde hace varios años, el débil crecimiento de la última década en la que el PIB per cápita cayó un 7% y la necesidad obvia de aumentar la inversión, justifican la implementación de un régimen especial”, apuntó el exministro de Producción.
El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) propone un marco legal “sólido” para atraer inversiones de gran envergadura a Argentina, con la intención de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo. No obstante, será fundamental abordar las preocupaciones planteadas por diversos sectores para que el régimen sea efectivo e inclusivo.