El gobierno de Javier Milei envió hoy el paquete fiscal al Congreso Nacional que se debatirá en conjunto con la Ley Bases. Promueve cambios en Ganancias, Bienes Personales y el blanqueo.
Respecto a la reincorporación de la cuarta categoría de Ganancias, el Ejecutivo mantiene la propuesta de impulsar un piso de $1.800.000 para solteros y de $2.200.000 para casados con hijos, con una primera escala del 5%.
No obstante, mantiene el beneficio para los trabajadores petroleros de pozo basado en el artículo 1 la ley 26.176, que establece que no integren la base imponible a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias. No se trata de una exención, sino de una deducción especial.
El proyecto describe como personal de pozo a los que trabajen en "la exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña y en tareas desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos petrolíferos o gasíferos".
"Se establece que no resultarán aplicables las disposiciones contenidas en ningún tipo de leyes –generales, especiales o estatutarias, excepto las contenidas en la ley del gravamen y en la antes mencionada Ley 26.176–, decretos, convenios colectivos de trabajo", detalla.
Blanqueo
Permitirá blanquear hasta u$s 100.000 sin penalidad. Incluso, por encima de esa cifra, la alícuota será de 0% en determinadas condiciones. El sistema tributario argentino tiene "una de las mayores tasas de presión fiscal en el mundo”, señala la iniciativa y puntualiza que “la existencia de numerosos impuestos distorsivos dificulta y margina a muchos individuos, empresas y emprendimientos del sector formal”.
Al respecto detallaron que la reforma “tiene por fin abordar en forma directa el complejo escenario mencionado anteriormente, ofreciendo opciones para reincorporar a la economía formal a los contribuyentes que opten por adherir a estos y aliviando la situación financiera del país al efectivizar el cobro inmediato de impuestos adeudados u omitidos”.
Bienes Personales
El proyecto busca reducir la tasa máxima del 2,25% al 0,45%. El pago inicial no podrá ser inferior al 75% del total del impuesto. Los contribuyentes que elijan adherirse a este régimen "gozarán de estabilidad fiscal hasta el año 2038 respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales y de todo otro tributo nacional".
Para el período fiscal 2023, "no estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados [...] cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a $100.000.000". En el caso de "inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas", el piso del impuesto asciende a $350.000.000.", establece.