Los acusados Matías Farías y Juan Pablo Offidani, absueltos en un juicio anterior viciado por la "falta de imparcialidad judicial" , volverán a ser juzgados en un nuevo debate con perspectiva de género.

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La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó este jueves un recurso extraordinario presentado por la defensa de dos hombres acusados de violar y asesinar en octubre de 2016 a la adolescente Lucía Pérez en Mar del Plata, y allanó de ese modo el camino hacia un nuevo juicio para ambos, ordenado meses atrás por el Tribunal de Casación provincial.

La Corte entendió de manera unánime que Matías Farías (27) y Juan Pablo Offidani (46), quienes habían sido absueltos por los delitos de abuso sexual y femicidio en un debate oral realizado en 2018, deberán enfrentar un nuevo proceso que cuente con perspectiva de género.

Los argumentos
El máximo tribunal bonaerense descartó que exista una violación a la garantía constitucional de todo ciudadano a no ser juzgado dos veces por el mismo delito, y subrayó que de acuerdo al fallo de Casación que revocó esas absoluciones el pasado 12 de agosto, el juicio anterior estuvo viciado por la "falta de imparcialidad que se puso de manifiesto en un preconcepto de los jueces" respecto "de las actividades y hábitos de la víctima".

En una resolución de 27 páginas a la que tuvo acceso Télam, los magistrados Luis Genoud, Hilda Kogan, Serio Torres y Daniel Fernando Soria rechazaron así el recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley presentado por el defensor adjunto ante Casación, Nicolás Blanco.

Blanco había señalado que la realización de un nuevo juicio generaría "un agravio insubsanable" por someter a los imputados "a un nuevo riesgo de condena", y denunció la violación al debido proceso legal y al derecho de defensa en juicio.

Tras analizar el planteo de la defensa sobre una presunta violación a la garantía de "ne bis in idem" (ser juzgado dos veces por un mismo hecho), los jueces consideraron que debía desestimarse, debido a que "la nulidad" del primer juicio "obedeció a la existencia de vicios esenciales".

En ese marco, consideraron que la realización de uno nuevo se sustenta en la afectación a la garantía de "imparcialidad judicial", en atención a los estereotipos de género discriminatorios que Casación constató en el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal 1 marplatense.

"El juzgar con perspectiva de género propende a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y una tutela judicial efectiva, evitando la reproducción de estereotipos que dan por supuesto el modo en que deben comportarse las personas en función de su sexo o género", indicó el fallo.

A partir de esta resolución, la defensa de los imputados tendrá un plazo de diez días para presentar un recurso extraordinario federal, para tratar de llegar a la Corte Suprema de la Nación, y ese planteo puede ser rechazado o avalado por el máximo tribunal provincial.

En ese sentido, la abogada de la familia de la adolescente, Florencia Piermarini, consideró en diálogo con Télam que "no hay elementos para avanzar en un eventual recurso extraordinario por parte de la defensa" y confió en que "sea rechazado" por la Corte bonaerense.

La madre de Lucía, Marta Montero, pidió por su parte que "se avance cuanto antes en la conformación de un nuevo tribunal y se ponga fecha para el nuevo juicio".

El juicio anterior
Farías y Offidani fueron condenados el 26 de noviembre de 2018 a ocho años de prisión por parte del TOC 1 marplatense como coautores del delito de "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización", con el agravante de ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de la escuela a la que asistía Lucía (16).

Los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas consideraron en cambio que en el juicio no pudo probarse la acusación del abuso ni el femicidio en el caso de ambos imputados, y absolvieron además a Alejandro Maciel (62), acusado por "encubrimiento agravado", quien falleció en julio de 2020.

Ese fallo fue apelado por la Fiscalía General marplatense, que consideró que hubo una "incorrecta apreciación del material probatorio", y también por la familia de Lucía, como particular damnificado, al entender que partió de "una valoración absurda y arbitraria de la prueba", y que "exhibe un criterio androcéntrico incompatible" con "la incorporación de la perspectiva de género".

El pasado 12 de agosto, la sala 4 de la Cámara de Casación Penal bonaerense anuló de manera unánime la parte absolutoria de la sentencia, y ordenó la realización de un nuevo juicio. Este fallo fue apelado por el defensor adjunto ante ese tribunal, y su recurso fue rechazado por la corte provincial.

EL hecho
La muerte de Lucía ocurrió en la mañana del 8 de octubre de 2016, y de acuerdo a la hipótesis del Ministerio Público, la joven había conocido a Farí­as y Offidani un día antes, cuando ellos se acercaron a través de una amiga de la Escuela Media 3 de Mar del Plata para venderle un cigarrillo de marihuana.

Al día siguiente, Farías citó a la chica en su domicilio de la calle Racedo al 4800, en la zona sur de la ciudad, donde habría sido drogada y abusada hasta la muerte. El cuerpo fue llevado luego a un centro asistencial de Playa Serena, y según la instrucción del caso, fue lavado y acondicionado con la ayuda de Maciel.