Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), fue confirmada la prisión preventiva de D. E. M, un entrenador de fútbol imputado por los delitos de abuso sexual, grooming, promoción de la prostitución, corrupción de menores y exhibiciones obscenas.



La decisión fue tomada por un tribunal revisor que, por unanimidad, confirmó la medida por un plazo de 15 días, según los términos fijados por el juez de garantías Marco Lupica Cristo durante la audiencia de formulación de cargos, y con el argumento de que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación, para la integridad de la víctima y su familia y de fuga.

La discusión en la audiencia del último miércoles en la Ciudad Judicial giró en torno al pedido del abogado defensor, quien requirió la modificación de la modalidad de la detención, para que pase a ser domiciliaria.

“Les vamos a pedir que confirmen la decisión del juez de garantías que ha sido bastante motivada”, planteó el fiscal del caso Gastón Medina ante el tribunal revisor, en la audiencia.

En este contexto, indicó que “estamos hablando de un hecho sumamente grave con una pena en expectativa es de al menos 10 años de prisión”. Y remarcó, entre otros aspectos, que “el riesgo para la integridad de la víctima y su familia está claramente manifestado; además de que el acusado borró información de todos los distintos dispositivos con los que contaba”.

La postura del MPF, fue acompañada por la abogada querellante que representa a la víctima y su familia, y por la defensora de la niñez y adolescencia.

El tribunal revisor, compuesto por los jueces Juan Pablo Encina y Luis Giorgetti, y la juez Carolina García, resolvió confirmar la prisión preventiva por 15 días, mientras avanza la investigación.

“Acá no se afectan los derechos del imputado que están siendo garantizados en este proceso; que él esté en prisión preventiva no es una afectación a sus derechos, porque hay peligros procesales que acreditan la necesidad de la prisión preventiva”, indicó García.

Según la información provisoria, el acusado cometió los delitos en un contexto de confianza generado a partir de su rol como entrenador y que podría abarcar a otras víctimas, en casos que aún están siendo investigados.

Los hechos comenzaron en 2025, cuando el imputado contactó a la víctima para incorporarla a un equipo. A partir de allí, generó un vínculo cercano que incluyó entrenamientos, viajes y encuentros fuera del ámbito deportivo que se extendieron hasta marzo de este año.

En la acusación le atribuyeron haber realizado conductas reiteradas de acercamiento indebido, mediante ofrecimientos de dinero a cambio de prácticas de contenido sexual, amenazas dirigidas al entorno familiar y situaciones de contacto físico sin consentimiento. Los hechos se produjeron en distintos momentos y lugares, tanto en encuentros privados como durante viajes.

Estas conductas se desarrollaron aprovechando la relación de cercanía y confianza con el adolescente, y generaron un contexto de temor que condicionó su comportamiento y su silencio durante meses.

El nombre del club, la identidad del acusado y otros datos relacionados con los hechos se resguardan para proteger la intimidad de las víctimas y evitar que puedan ser identificadas.

De manera preliminar, los delitos atribuidos a D. E. M por el MPF fueron abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y de la guarda, en grado de tentativa y en forma continuada; abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda, en concurso real (tres hechos); corrupción de menores agravada; promoción de la prostitución agravada; exhibiciones obscenas agravadas; y grooming, todo en concurso real.