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Un tribunal colegiado en Neuquén dictó una pena de 11 años de prisión efectiva contra Federico Costich, quien fue hallado responsable de provocar un incendio intencional en su vivienda en marzo de 2024, causando la muerte de su hijo. La sentencia, comunicada por unanimidad, se produce tras un intrincado proceso judicial marcado por la violencia de género y un debate sobre la validez del acuerdo de culpabilidad.

La solicitud de la fiscalía vs. la sentencia del tribunal

Durante la audiencia de cesura, la fiscal del caso, Lucrecia Sola, reiteró su pedido original de 20 años de prisión. A esta solicitud adhirió la querella, argumentando que la pena debía reflejar la magnitud de un caso que se desarrolló en un contexto de violencia de género y maltrato hacia los hijos del acusado.

Sin embargo, los jueces Juan Manuel Kees, Lucas Yancarelli y Juan Guaita impusieron una pena de 11 años de prisión efectiva para Costich.
Contexto de violencia y delitos agravados

Costich fue declarado responsable por la conjunción de dos hechos graves ocurridos en marzo de 2024:

·Primer hrcho (24 de marzo): Agredió a su hija, la mantuvo encerrada y le causó quemaduras en el rostro tras rociarla con insecticida y prenderle fuego.

·Segundo hecho (26 de marzo): Inició un incendio intencional en la misma vivienda mientras su hijo se encontraba durmiendo en la planta alta, provocándole la muerte. La acusación señala que el hombre actuó bajo los efectos de drogas y alcohol.

La calificación legal acordada fue: lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (por el primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (por el segundo hecho).

Rechazo a la inconstitucionalidad y el revés judicial

El tribunal provincial rechazó un pedido de inconstitucionalidad presentado por la defensa, declarándolo improcedente. Los jueces fundamentaron que el contexto de violencia sufrido por los hijos durante toda su vida era un factor determinante, y consideraron que la pena impuesta de 11 años es "justa y equitativa" dentro de los límites del Código Penal por los delitos reconocidos por el propio imputado.

El proceso tuvo un giro inesperado cuando un tribunal inicial había declarado nulo el acuerdo de partes y ordenado que la causa regresara a la etapa de control de acusación. No obstante, un Tribunal de Impugnación intervino a finales de agosto, ratificó la validez del acuerdo de responsabilidad y ordenó que la causa avanzara directamente a la etapa de determinación de la pena (cesura).

La sentencia completa será remitida a las partes dentro del plazo legal.