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En el marco de un acuerdo pleno, la fiscalía logró que un hombre identificado con las iniciales D.M.M. sea condenado a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo, por hechos de amenazas y desobediencia a órdenes judiciales cometidos en un contexto de violencia de género en la localidad de Villa La Angostura.

La audiencia se desarrolló con la intervención del fiscal del caso, Adrián De Lillo, asistido por el funcionario de la fiscalía Gustavo Vázquez. El juez de garantías Ignacio Pombo homologó el acuerdo alcanzado entre las partes.

Además de la condena, se dispuso la inscripción del acusado en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género (Ley 3233).

De acuerdo con la investigación de la fiscalía, entre febrero y diciembre de 2024, D.M.M amenazó en tres oportunidades a su entonces pareja y en presencia de las hijas que ambos tienen en común. En esas ocasiones utilizó armas blancas, profirió expresiones intimidantes y realizó gestos amenazantes, con lo que además incumplió medidas cautelares de restricción dictadas previamente por el Juzgado de Familia de Villa La Angostura.

En términos técnicos, el accionar de D.D.M se encuadra en el delito de amenazas:

Primer hecho (febrero de 2024): Amenazas agravadas, en concurso ideal con el delito de desobediencia a una orden judicial (arts. 54, 149 bis primer párrafo segundo supuesto y 239 del Código Penal).

Segundo hecho (agosto de 2024): Amenazas agravadas (art. 149 bis primer párrafo segundo supuesto del Código Penal).

Tercer hecho (diciembre de 2024): Amenazas simples, en concurso ideal con el delito de desobediencia a una orden judicial (arts. 54, 149 bis primer párrafo y 239 del Código Penal).

Todos estos hechos concursan materialmente entre sí y fueron atribuidos en calidad de autor (arts. 45 y 55 del Código Penal).

Antecedentes

Al momento de relatar el contexto que rodea el caso ante el juez de garantías, el fiscal del caso señaló que la situación de violencia de larga data fue abordada por distintos organismos e instituciones: Desde el fuero de familia, la Defensoría de Niñez y Adolescencia del Poder Judicial hasta distintas dependencias municipales.
“Cuando la fiscalía interviene, lo hace sobre aproximadamente por diez hechos de desobediencia. Pudimos abordar tres de esos hechos para llegar a esta instancia”, indicó De Lillo.

El acusado registraba previamente una condena condicional a seis meses de prisión en el año 2020, por lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, mediando violencia de género, en concurso con desobediencia a una orden judicial.

Tras escuchar a las partes y el reconocimiento por parte del imputado, el juez de garantías homologó el acuerdo de condena.