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Un hombre fue condenado a cuatro años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por amenazas, robo y privación ilegítima de la libertad. Así lo definió esta mañana la jueza Laura Barbé, luego de escuchar las condiciones acordadas entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa de M.J.A. para la implementación de un procedimiento abreviado en los cuatro legajos.

De acuerdo a la acusación, el imputado amenazó en 2024 a una ex pareja por mensajes de texto y en una ocasión fue hasta su domicilio y le disparó con un arma de fuego a un hermano de ella, sin herirlo.

Unos meses después, en octubre de ese año, mientras se encontraba en un supermercado de la localidad de Cutral Co mantuvo una discusión con un efectivo policial que se encontraba haciendo adicionales, y le dijo “cuando te encuentre en la calle, te mato” frente a testigos.

Por otro lado, el 17 noviembre de 2024, el imputado entabló una relación de amistad a través de una red social con un joven. Eventualmente, lo convenció de encontrarse personalmente y lo llevó a su casa, donde le apoyó un arma en la frente y le dijo que le habían pagado para matarlo. En su domicilio, lo retuvo en contra de su voluntad hasta que el joven pudo escaparse y conseguir la ayuda de una vecina que lo llevó a la comisaría.

Por último, tres días después de ese hecho, abordó a una familia en un espacio verde de Cutral Co con un arma de fuego y les sustrajo una motocicleta.

Barbé lo declaró penalmente responsable de los delitos de amenazas en modalidad continuada, abuso de armas, amenazas simples y robo agravado.

Según explicó la fiscal Mayra Febrer, se cumplieron los supuestos de los artículos 217 y 217 del Código Procesal Penal de la provincia para la admisibilidad del instituto de procedimiento abreviado. Es decir, el imputado aceptó haber cometido los hechos, y la pena no supera los seis años. Asimismo, la evidencia reunida en los cuatro legajos permitía acreditar con un alto grado de certeza la materialidad de los hechos investigados.