Tras un juicio realizado la semana pasada, un tribunal unipersonal absolvió a una mujer, P.Y.C, a quien la fiscal del caso Paula González y la parte querellante acusaron por privar de la libertad a un funcionario público y por entorpecer un servicio público, en contexto de un conflicto social.

El hecho investigado ocurrió el 8 de julio de 2022, aproximadamente desde las 14 y hasta las 21 horas, en un barrio ubicado en Parque Industrial de Neuquén. De acuerdo a la acusación, P.Y.C privó ilegítimamente de su libertad a un varón, en un merendero que administra, al impedirle que se retire del lugar por varias horas, con la finalidad de obligarlo a firmar documentos que reconozcan las tenencias de los terrenos de dicho sector.

Este varón es representante del IPVU, y concurrió al lugar junto un representante de la Subsecretaria de Seguridad, para dialogar con los vecinos y vecinas de una toma, que se encontraban obstaculizando la circulación de vehículos en la Ruta Provincial 7 a la altura de la Fasinpat, en reclamo de la regularización de terrenos tomados en el Sector Ruca Antu.

La imputada actuaba en representación de los vecinos y vecinas interesados en regularizar la titularización de dichos lotes. Las partes empezaron a dialogar alrededor de las 14 horas, y en un momento, al no obtener las respuestas que buscaba, la mujer comenzó a llamar a los vecinos y vecinas para que ingresaran, mientras amenazaba con lesionar al representante del IPVU, diciéndole que le iba a romper la cabeza y que no iba a salir bien si no les entregaba las tenencias. En ese momento ingresaron alrededor de treinta personas, amenazándolo para que firmara las tenencias.

Esta situación se mantuvo durante toda la tarde, repitiéndose las amenazas de la mujer. Cerca de las 21, le permitieron la salida al funcionario.

Además, la mujer fue juzgada por otro hecho que ocurrió el 15 de junio de 2022, cuando junto a otras personas, obstaculizó la prestación del servicio público de luz. El suministro de energía se encontraba parcialmente suspendido por desperfectos técnicos, y cuando los operarios de la Cooperativa Calf arribaron al lugar para realizar los trabajos de mantenimiento, la imputada, junto a otros vecinos y vecinas, lo impidieron.

El delito que la fiscalía le atribuyó a la imputada y por el cual requirió que sea juzgada es privación ilegal de la libertad en concurso ideal con amenazas coactivas en concurso real con obstrucción a un servicio público.

Gustavo Ravizzoli, el juez de garantías que intervino en el juicio, resolvió absolver a la mujer de ambas teorías acusatorias: “...Es un caso con neto contenido social y a mi juicio declara connotación política. Estoy seguro que se podría haber llegado a una salida distinta”, aseguró el magistrado. Asimismo indicó que a su modo de ver “se da un contexto y un clima de cierta tensión, de reclamos pero de ninguna manera constituyen una conducta típica de privación y obstaculización “, puntualizó.

Durante el juicio la fiscal estuvo acompañada por el asistente letrado Emilio Briguglio.