En una audiencia de formulación de cargos realizada ayer, la fiscal del caso Gabriela Macaya junto al asistente letrado Federico Cuneo acusaron a un varón, M.H.U, por haber abusado sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar, y por desobedecer una orden judicial.
La fiscalía le imputó el delito de abuso sexual simple continuado –varios hechos- en concurso ideal, agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con la menor, en carácter de autor (artículos 119 primer y cuarto párrafo, inciso f, 54 y 45 del Código Penal).
Como medida de coerción desde la fiscalía requirieron la detención por cuatro meses, con el argumento de que es necesario resguardar la integridad psicofísica de la víctima, y de que existe peligro de fuga.
Respecto a esto último, Macaya y Cuneo explicaron que el acusado desobedeció una orden judicial que dispuso la exclusión de la vivienda que compartía con la víctima, lo cual no cumplió. Además, informaron que el acusado intentó que la mujer retire la denuncia, lo cual “es un claro ejemplo de que buscó entorpecer la investigación”, según puntualizó la fiscal.
Por último, agregaron que al momento del nuevo hecho, M. H. U se encontraba en libertad condicional por una condena previa en la provincia de Río Negro, por lo que la pena, en caso de ser declarado responsable en este caso, será de efectivo cumplimiento.
En la misma línea se manifestó la Defensora de la Niñez y la Adolescencia, Paula Castro Liptak, quien intervino en representación de la víctima.
De acuerdo a la teoría del caso que investiga el Ministerio Público Fiscal, los hechos ocurrieron en el lapso de tiempo que va desde 2008 hasta antes del 13 de febrero de 2023, en dos viviendas en la ciudad de General Roca y en la ciudad de Cutral Co. El imputado, en más de una ocasión, abusó sexualmente de la niña.
Asimismo, se le atribuyó el hecho que ocurrió entre el 9 de enero de 2024 y el 8 de marzo de 2024. El acusado desobedeció la orden impuesta por una jueza de Familia, quien ordenó por el término de 50 días la exclusión del domicilio en el que vivía junto a la víctima, así como también la prohibición de acercamiento a una distancia menor a 500 metros, y de realizar todo tipo de actos de perturbación y/o intimidación directa o indirectamente, por sí o por terceros y por cualquier medio respecto de la víctima.
El juez de garantías Mario Tommasi dio por formulados los cargos y resolvió imponer al acusado la prisión preventiva, por el término de cuatro meses.