Luego de las tres jornadas en las que se extendió la semana pasada la audiencia de Control de la Acusación, en el día de hoy la jueza Estefanía Sauli resolvió los diversos planteos presentados por la fiscalía a cargo de Manuel Islas, la defensora de los derechos del niño, niña y adolescente, Andrea Rapazzo, las querellas particulares que representan a los padres y madres de las víctimas y por Gustavo Palmieri como defensor del imputado en la causa en la que se investigan múltiples hechos de abuso sexual en el jardín 31 de la ciudad de Neuquén.

La audiencia de control de la acusación, es una de las más complejas dentro del proceso penal, ya que allí se debe resolver la calificación legal, es decir los hechos por los que el imputado es acusado, si la causa está en condiciones de ser elevada a juicio o no, bajo qué modalidad y la prueba que será admitida en el juicio.

La jueza Estefanía Sauli debió resolver si la causa era competencia de un tribunal colegiado o de un jurado popular. Además, por parte de la defensa, responder el planteo de sobreseimiento en 21 de los 24 hechos, la declaración de inconstitucionalidad del juicio por jurado, la aplicación de unanimidad en la resolución del jurado en este caso (es decir que para que se declare la responsabilidad se deba contar con el voto unánime de los 12 jurados, cuando el código procesal penal establece que se requiere una mayoría de 8).

En esta oportunidad, Sauli rechazó los planteos de inconstitucionalidad y de jurado unánime y determinó que será un jurado popular quien deberá determinar la responsabilidad o no del imputado que está acusado por 2 hechos de abuso sexual con acceso carnal, 2 hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y 20 hechos de abuso sexual simple. Las causas son elevadas a juicio por jurado cuando el resultado del delito es la muerte o lesiones gravísimas y aquellas contra la integridad sexual en las que la fiscalía prevé una pena superior a los 15 años de prisión efectiva.

Por otra parte, la jueza debió evaluar y resolver la admisibilidad de cada uno de los 250 testigos presentados por ambas partes. Para este juicio en particular, finalmente admitió la participación de cerca de 100 testigos y peritos que deberán ser quienes presentarán las pruebas mediante las cuales el jurado popular deberá resolver. Para evaluar la admisibilidad -o no-, tuvo en cuenta tanto la teoría del caso de la fiscalía como la teoría antagónica presentada por la defensa.