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La municipalidad de Plottier emitió un comunicado de prensa en el que adhiere a las medidas propuestas por el gobierno Provincial El mismo se transcribe textualmente 

 

Se informa a la comunidad de Plottier que en razón de la Resolución 13/2021 del Ministro Jefe de Gabinete de la Provincia del Neuquén la cual modifica y amplia las medidas de cuidado y contención epidemiológica, la Municipalidad de Plottier a través del Decreto Municipal N° 1397/2021, establece las siguientes medidas para colaborar con el monitoreo y supervisión en cuanto a la propagación del coronavirus (Covid 19). Las disposiciones regirán desde el día de la fecha hasta el día 28 de Mayo del corriente año.

Se establece la restricción de circular en las vías públicas entre las 21 horas hasta las 06 horas del día siguiente, excepto las personas que estén incluidas en Artículo 20° del Decreto Nacional N° 287/21, las personas que se desempeñan en farmacias y estaciones de servicio (en cumplimiento de sus funciones), y el personal y clientes de locales gastronómicos. Estos últimos, están exceptuados en el horario de atención y hasta las 00 horas con el objetivo de volver a sus domicilios.


Se suspenden las siguientes actividades:
Reuniones sociales en domicilio particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran cuidados especiales.
Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 5 personas.
Las competencias o actividades deportivas de todo tipo, que impliquen aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.
Las actividades religiosas en espacios cerrados y abiertos. Los ministros y ministras de los diferentes cultos podrán realizar ceremonias virtuales, por lo que se autoriza la permanencia temporal de hasta (10) personas en las iglesias o templos para garantizar la transmisión remota de las ceremonias. Deberán darle estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios aprobados por las autoridades sanitarias.
Las actividades de salas teatrales, museos y bibliotecas.
Las actividades y actos oficiales municipales y/o cualquier otra actividad institucional que se desarrolle en nuestro ejido municipal.


Actividades habilitadas de acuerdo a los siguientes requisitos:
Los locales comerciales, en todos sus rubros (incluidos los Gimnasios), podrán funcionar entre las 06 horas y las 20 horas, dando estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y con un aforo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada.
Las farmacias y estaciones de servicios podrán funcionar durante las 24 horas.
Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc) continúan como hasta la fecha, es decir: hasta las 23 horas con atención en los salones comerciales, con un aforo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y respetando las exigencias previstas en los protocolos sanitarios aprobados para la actividad. Los clientes, empleados y propietarios cuentan con una hora adicional para transitar y llegar a sus domicilios.