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El abogado laboralista Julián De Diego, una de las mentes detrás del borrador original de la reforma que hoy sacude la agenda nacional, lanzó duras críticas hacia los legisladores encargados de tratar el proyecto. Según el especialista, existe una preocupante "mora" intelectual en el Senado, donde asegura que la mayoría de los representantes no han analizado en profundidad el texto que deben votar.

Críticas a la formación legislativa

De Diego no ahorró calificativos al describir el nivel del debate parlamentario. Tras escuchar intervenciones en diversos medios, el letrado sostuvo que muchos congresistas hablan desde el desconocimiento técnico.

"No saben el contenido; hoy escuché a un legislador en la radio y no estaba al tanto de los puntos básicos", sentenció, subrayando que esta falta de estudio impide un debate serio sobre una norma que alterará el mapa laboral del país.

El polémico artículo de las licencias y la "judicialización"

A pesar de haber participado en la redacción inicial, De Diego se distanció de ciertas modificaciones de última hora. El punto de mayor fricción es el tratamiento de las enfermedades o accidentes inculpables (aquellos ajenos al trabajo):

·Recorte salarial: El proyecto propone que, ante un contratiempo de este tipo, el empleado perciba solo el 75% de su haber.

·Advertencia técnica: El abogado advirtió que este artículo es un error estratégico: "El perjudicado va a tener problemas hasta para comprar sus remedios. Esto solo va a generar una ola de demandas judiciales", explicó.

Mitos y realidades: Vacaciones y Horas Extras

Para el jurista, gran parte de la polémica actual se basa en interpretaciones erróneas de figuras que ya existen en la legislación argentina desde hace décadas:

Banco de horas: De Diego aclaró que la compensación de tiempo laboral (como trabajar jornadas extensas para luego acumular días de descanso) es una herramienta vigente desde 1991. "Es una ficción tratarlo como una novedad peligrosa", afirmó.

Vacaciones fraccionadas: Desmintió que la reforma imponga un esquema compulsivo. Explicó que la posibilidad de dividir el descanso anual ya se practica hace 30 años y siempre bajo la premisa del acuerdo mutuo entre empleador y trabajador.

Irretroactividad: Finalmente, llevó tranquilidad sobre la aplicación de las normas, recordando que las leyes no pueden afectar derechos adquiridos hacia atrás; por ejemplo, en casos de despidos ya ocurridos.