
Un fallo del fuero Contencioso Administrativo Federal otorgó un fuerte respaldo institucional a los profesionales del derecho. El juez federal Martín Cormick dispuso que la demanda presentada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) sea tramitada de forma autónoma bajo la modalidad de acción colectiva, ordenando su inmediata incorporación al Registro de Procesos Colectivos.
El magistrado convalidó la legitimidad de la entidad para representar en bloque a las abogadas y abogados matriculados que se desempeñan en el fuero del Trabajo. En la misma resolución, Cormick desestimó acoplar esta causa al expediente principal que lidera la Confederación General del Trabajo (CGT); argumentó que, si bien ambos planteos impugnan el mismo paquete legal, la central obrera litiga para resguardar a los trabajadores, mientras que el Colegio Público acciona específicamente para defender las prerrogativas del ejercicio profesional.
Las objeciones a las costas y las sanciones patrimoniales
La presentación judicial de los letrados busca que se determine la inconstitucionalidad de los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802. Los demandantes sostienen que estas normativas atentan directamente contra la libertad de trabajo y las estrategias de defensa:
·Sanciones por montos estimados: El cuestionamiento al artículo 10 radica en que impone una responsabilidad solidaria sobre los abogados, obligándolos a responder con sus propios bienes por las costas del juicio si se considera que los montos económicos reclamados fueron sobreestimados.
·Cercenamiento técnico: Para el Colegio Público, esta medida ejerce una presión coactiva indebida que condiciona los reclamos, exponiendo el patrimonio del profesional sin la necesidad de que exista dolo, mala fe o conductas temerarias acreditadas.
Alerta por la licuación de honorarios y el pago fraccionado
El segundo eje de la demanda embiste contra el artículo 56, que regula los límites de las costas y autoriza el pago diferido y en cuotas de los fallos laborales firmes. El sector damnificado denunció que la norma abre la puerta a que los honorarios profesionales se liquiden en planes de seis o doce cuotas consecutivas.
Los letrados calificaron este esquema como discriminatorio en comparación con el resto de los fueros del derecho y recordaron que las retribuciones ya sufren un desgaste inflacionario durante los años que demandan los litigios hasta alcanzar una sentencia.
Tras conocerse la resolución del juez Cormick, la presidenta del CPACF, Alejandra García, celebró el avance del trámite judicial y remarcó la importancia del dictamen al ratificar la representatividad de la institución. La directiva concluyó que la reforma no solo vulnera los derechos del sector asalariado, sino que ataca de forma directa el sustento económico de los abogados al desconocer el carácter alimentario que poseen los honorarios profesionales.
