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El Poder Ejecutivo envió al Congreso una propuesta para modificar el régimen corporativo actual. Busca imponer la digitalización absoluta, permitir que los conflictos internos se rijan por leyes extranjeras y restar atribuciones de control a los registros públicos.

El marco normativo que regula la conformación y el funcionamiento de las empresas en el país ingresará en un proceso de profunda revisión legislativa. El Gobierno nacional remitió al Parlamento un proyecto de ley para reformar la Ley General de Sociedades, orientado a descentralizar las estructuras comerciales, dotar de mayor autonomía a las decisiones de los socios y asimilar las nuevas herramientas de la economía digital global.

El anuncio formal fue encabezado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, mientras que el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, se encargó de desglosar los ejes de la medida. El funcionario nacional caracterizó la reforma como un cambio estructural indispensable para actualizar un sistema jurídico que catalogó de rígido y obsoleto.
Prioridad estatutaria y flexibilización de operaciones

El núcleo de la iniciativa radica en invertir la lógica legal vigente, transformando las disposiciones de la ley en normas de carácter supletorio. De aprobarse, los acuerdos plasmados por los integrantes de una firma en sus propios estatutos tendrán prioridad por sobre las reglas generales.

En paralelo, se limita severamente la capacidad de fiscalización de los organismos estatales sobre la organización corporativa interna, transformando los controles en excepciones de criterio restrictivo. Asimismo, la letra del proyecto veta la facultad de las inspecciones de justicia y registros públicos para dictar resoluciones que restrinjan o modifiquen los alcances permitidos por la normativa de fondo.

Entre las flexibilizaciones más notorias para la constitución de compañías se destacan:

Indeterminación de actividades: Se habilita la posibilidad de inscribir y operar sociedades sin la obligación de fijar un objeto social específico o determinado.

Fin de la conexidad: Se elimina el requisito de correspondencia o vinculación obligatoria entre los distintos rubros comerciales que declare una misma firma.

Reducción de burocracia: Se podan las exigencias administrativas tradicionales requeridas en los procesos de matriculación registral.

Justicia privada, arbitraje y entorno digital

El articulado propone una apertura hacia los estándares internacionales de resolución de disputas, permitiendo que los litigios internos de las empresas locales puedan dirimirse aplicando legislaciones de otros países o principios de comercio internacional. También se promueve la adopción de tribunales arbitrales privados en los estatutos para evitar el fuero comercial ordinario, un modelo que el oficialismo asimila al funcionamiento de plazas de negocios globales como Dubái.

En lo que respecta a la modernización tecnológica, el texto suprime el soporte físico e impone un ecosistema exclusivamente virtual mediante:

Firma digital obligatoria para el proceso de constitución societaria.

Fijación de un domicilio electrónico e implementación de libros contables y registros 100% digitales.

Autorización permanente para celebrar asambleas y reuniones de directorio a distancia.

Creación de un legajo digital de acceso público para cada empresa inscrita.

Sociedades Automatizadas y el modelo tecnológico

El segmento más disruptivo de la reforma introduce nuevas figuras de la economía descentralizada al derecho societario local, reconociéndoles personalidad jurídica y limitando la responsabilidad de sus componentes. Por un lado, se crean las Sociedades Automatizadas, estructuras concebidas para operar operativamente mediante algoritmos o inteligencia artificial sin requerir plantas de personal. Por el otro, se otorga estatus legal a las Organizaciones Autónomas Descentralizadas (DAO), cuyo funcionamiento se asienta sobre la tecnología blockchain y la participación mediante tókens.

Desde la óptica oficial, estos cambios apuntan a replicar estrategias de captación de inversiones externas como la aplicada en su momento por Irlanda, configurando un ecosistema legal y fiscal favorable para el asentamiento de corporaciones tecnológicas, con foco en el desarrollo de la inteligencia artificial.

Hacia el cierre, la propuesta incorpora herramientas financieras y de gestión complementarias, tales como los mecanismos de inversión convertibles en acciones, la prórroga automática de los plazos de vigencia de las firmas, los mandatos directivos por tiempo indeterminado y la simplificación de los trámites de fusión o reorganización empresarial. La discusión del proyecto comenzará ahora en las comisiones de las cámaras parlamentarias.