Un fallo dictado por el titular del Juzgado Civil de Primera Instancia, Eduardo Richter, ordenó a una empresa de servicios petroleros devolver seis lotes situados dentro del Parque Industrial de Cutral Co.
El magistrado hizo lugar a una acción reivindicatoria promovida por uno de los propietarios de las parcelas, quien denunció que la firma ocupaba los inmuebles sin el debido consentimiento legal. Tras el balance contable entre los perjuicios ocasionados y las inversiones realizadas en el predio, la compañía fue condenada a abonar una suma final cercana a los 15 millones de pesos más intereses.
La resolución judicial validó el reclamo por daños y perjuicios al comprobarse que el titular de la propiedad se vio impedido de generar rentabilidad económica mediante el alquiler de las instalaciones. Para determinar el perjuicio económico, el juez Richter analizó testimonios de comerciantes que habían iniciado gestiones para locar el espacio y un informe pericial de tasación que tasó el valor de alquiler mensual de referencia en 5.500 dólares. A partir de esas variables, el cálculo inicial por la privación de uso del inmueble se estableció en 114.840.000 pesos.
Compensación por mejoras y resolución del litigio:
·Inversiones edilicias: El fallo contempló de forma parcial el reclamo de la contratista petrolera respecto de las obras de infraestructura consolidadas en el lugar. Entre las mejoras validadas por el perito se detallaron talleres, galpones, fosas de mantenimiento, una calle interna, parquización, cerramientos edilicios, un portón de acceso, dependencias de casa-oficina de 200 metros cuadrados, conexiones de servicios públicos y una plataforma para el lavado de chasis.
·Enriquecimiento sin causa: El magistrado fundamentó la necesidad de reconocer estos desarrollos estructurales bajo la premisa jurídica de evitar un enriquecimiento sin causa en beneficio directo del dueño de la tierra. Bajo este análisis regulatorio, se fijó el valor de las obras civiles a favor de la empresa en 100.413.515 pesos.
·Origen del conflicto: El demandante expuso en el expediente que tomó conocimiento de la intrusión en agosto de 2022. Detalló que las tierras fiscales habían sido adquiridas originalmente con fines comerciales de alquiler, un plan de negocios que quedó desactivado ante la negativa de la prestadora de servicios a desalojar el área.
En sus considerandos sectoriales, la sentencia ratificó que cualquiera de los condóminos del predio se encontraba legitimado para exigir la restitución de la totalidad de las superficies. Asimismo, Richter consideró abstracto discernir si la ocupación de la empresa petrolera configuraba buena o mala fe conceptual. Tras realizar la compensación matemática restando el costo de las mejoras edilicias al monto fijado por lucro cesante, el tribunal ordenó la devolución inmediata de los lotes y determinó que la firma demandada pague la suma neta de 14.426.285 pesos.
