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Además, elevaron los montos indemnizatorios para los familiares de una de las tres víctimas fatales y un lesionado.

Un fallo de la Cámara de Apelaciones de la I Circunscripción, ratificó una condena contra el conductor de un camión y la empresa petrolera que era su propietaria, por un accidente ocurrido sobre Ruta 7, en el que murieron tres personas. En primera instancia se había determinado que el siniestro fue consecuencia de una falla vinculada con el estado del vehículo y las pericias descartaron que fuese por una rotura súbita e inevitable. La Sala III elevó los montos de las indemnizaciones.

El camión circulaba delante de una camioneta en la que viajaban tres personas. En sentido contrario avanzaba otro rodado. A la altura de la Picada 13 se desprendieron las dos ruedas traseras izquierdas del transporte pesado. Una de ellas golpeó a la camioneta que venía de frente, cuyo conductor perdió el control, cruzó de carril y chocó contra el vehículo que circulaba detrás del camión.

En el impacto murieron los conductores de ambas camionetas y una joven de 28 años que viajaba como acompañante. El cuarto ocupante fue el único sobreviviente.

De acuerdo al análisis mecánico, el sistema de sujeción del camión debía tener diez bulones. Sin embargo, faltaba uno y otros dos estaban fracturados desde hacía tiempo. Para que se produjera el desprendimiento también debieron aflojarse progresivamente las tuercas restantes. La pericia determinó que el problema podía advertirse mediante una inspección visual y durante la conducción, debido a las vibraciones y movimientos anormales que generaba.

El conductor del camión y la empresa intentaron atribuir el choque a quienes manejaban los otros vehículos, pero en primera instancia se estableció que una de las camionetas perdió el control después de ser golpeada por la rueda desprendida.

Por esta razón, la jueza María Eugenia Grimau hizo lugar a las demandas iniciadas por los padres y la pareja de una de las personas fallecidas y por el único sobreviviente, y condenó al conductor como guardián del camión y la empresa como propietaria.

Indemnizaciones

Los camaristas Gabriel Ciucci y Juan Manuel Menestrina elevaron los montos indemnizatorios para los padres y la pareja de la joven fallecida. La decisión se basó en la descripción de las secuelas psicológicas de los progenitores: “No se puede dejar de considerar los efectos devastadores que la muerte de un hijo puede generar en un padre.”

También elevaron los montos que se deberá abonar al único sobreviviente del siniestro, que sufrió fracturas múltiples en el rostro y el cráneo, lesiones en costillas y pulmones, debió ser sometido a una reconstrucción maxilofacial con colocación de placas y tornillos, y tuvo que realizar tratamientos médicos, psicológicos y de rehabilitación.