Imagen

La Cámara del Crimen de Río Tercero dictó la absolución unánime para Yenifer Raimondo. El tribunal y el jurado popular determinaron que actuó en legítima defensa con perspectiva de género ante una situación de "indefensión aprendida".

En un fallo judicial de gran trascendencia, la Cámara del Crimen de Río Tercero absolvió de manera unánime a Yenifer Raimondo, la joven que estaba acusada de haber matado a su padre en una zona rural de la localidad de Almafuerte, Córdoba. Tanto los jueces técnicos como los jurados populares coincidieron con los argumentos de la defensa y concluyeron que la mujer actuó en legítima defensa con perspectiva de género, poniendo fin al proceso penal en su contra.

El hecho bajo investigación había ocurrido el 2 de enero de 2025, cuando Raimondo apuñaló a su padre, Atilio, de 60 años. En los inicios de la causa, la fiscalía la había imputado por homicidio calificado por el vínculo, ordenando su inmediata detención. Sin embargo, tras permanecer 13 días en prisión, las pericias psicológicas, psiquiátricas y los testimonios recolectados permitieron incorporar la figura de emoción violenta, otorgándole la libertad para continuar el proceso fuera de la cárcel.
El contexto judicial: "Indefensión aprendida" y cronicidad

Al momento de dictar la sentencia absolutoria, el tribunal descartó de plano la acusación de parricidio premeditado. Los magistrados consideraron que el suceso se desencadenó dentro de un contexto de “indefensión aprendida”, una condición psicológica generada por los sistemáticos abusos sexuales y la violencia física que la joven padeció por parte de su progenitor desde la niñez.

Los fundamentos del fallo judicial destacaron dos elementos clave:

Inminencia del peligro: El tribunal entendió que la inminencia de la agresión se mantenía latente en el tiempo debido a la cronicidad y continuidad del maltrato sufrido.

Actitud del agresor: Se dio por acreditado que, inmediatamente después de resultar herido en el episodio, el hombre intentó buscar armas para continuar amenazando a su hija.

Mientras que la fiscalía había solicitado una pena menor a tres años de ejecución condicional bajo la figura de homicidio en estado de emoción violenta, el abogado defensor de la joven, Carlos Pajtman, logró demostrar que la absolución total era el único camino justo ante la gravedad del caso.
"La gota que rebasó el vaso"

Durante el debate oral, la defensa expuso detalladamente las conclusiones de las evaluaciones profesionales y los relatos del entorno familiar y de amigos de la víctima. Las pericias psiquiátricas confirmaron un historial crónico que combinaba golpizas severas durante su infancia y abusos sexuales desde que era muy joven.

Según detalló el letrado defensor, el trágico desenlace ocurrió inmediatamente después de que el padre intentara cometer un nuevo ataque contra la integridad de la joven. “El último requerimiento fue la gota que rebasó el vaso”, argumentó Pajtman para graficar el cuadro de desesperación extrema.

Precedente: Con esta resolución, la Justicia de Córdoba consideró que la reacción de Raimondo constituyó la única respuesta posible de supervivencia frente a una historia de sometimiento y violencia sostenida a lo largo de toda su vida.