
Se dio a conocer el cuadro con los valores vigentes para el personal de casas particulares. La escala contempla cinco categorías diferenciadas según las tareas y la modalidad con o sin retiro, además de los adicionales correspondientes por zona desfavorable y antigüedad. A continuación, el detalle de los montos por hora y mensuales para cada puesto:
1. Personal para tareas generales
Incluye limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y demás labores típicas del hogar. - Con retiro: "$4.064,08" por hora y "$498.582,06" por mes. - Sin retiro: "$4.337,53" por hora y "$548.429,23" mensuales.
2. Asistencia y cuidado de personas
Comprende la atención no terapéutica de personas (niños, adolescentes, personas mayores o con discapacidad). - Con retiro: "$4.337,53" por hora y "$548.429,23" por mes. - Sin retiro: "$4.801,52" por hora y "$605.050" por mes.
3. Caseros
Personal que realiza tareas de cuidado general y preservación de una vivienda en la que habita por el contrato de trabajo (modalidad exclusiva sin retiro). - Sin retiro: "$4.337,53" por hora y "$548.429,23" por mes.
4. Personal para tareas específicas
Cocineros y cocineras contratados exclusivamente para esa función, u otras labores del hogar que requieran especial idoneidad. - Con retiro: "$4.580,80" por hora y "$560.776,33" mensuales. - Sin retiro: "$4.973,38" por hora y "$618.187,89" por mes.
5. Supervisor/a
Coordinación y control de las tareas realizadas por dos o más personas a cargo (la categoría con los montos más elevados). - Con retiro: "$4.805,82" por hora y "$599.514,52" por mes. - Sin retiro: "$5.215,59" por hora y "$661.702,46" por mes.
Adicionales y modalidades de pago
- Zona desfavorable: Se aplica un adicional equivalente al "31%" sobre la remuneración para las relaciones laborales en provincias patagónicas (incluyendo a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones. - Antigüedad: Corresponde un "1%" por cada año trabajado para el mismo empleador. - Horas extra: Cuentan con un recargo del "50%" en días comunes y del "100%" los sábados después de las 13 horas, domingos y feriados. - Forma de pago: Los sueldos deben abonarse mediante acreditación en cuenta sueldo bancaria, salvo solicitud expresa del trabajador para percibirlo en efectivo en días hábiles y en el lugar de trabajo.
