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La historia de los antiguos pobladores cordilleranos guarda marcas profundas de desalojos amparados por maniobras burocráticas y regímenes de facto. En el año 1937, Don Marcos Melo y su esposa Celia se instalaron en el paraje El Pedregoso, donde levantaron su hogar, cultivaron la tierra, edificaron corrales y criaron a sus ocho hijos, convirtiendo el puesto en un refugio vital y posta de auxilio para los arrieros que transitaban por la región andina.

Sin embargo, durante la dictadura autodenominada Revolución Argentina liderada por Juan Carlos Onganía, una falsa acusación de tala ilegal sirvió como excusa administrativa para que inspectores de Parques Nacionales expulsaran violentamente al anciano. Despojado de su tierra y del esfuerzo de tres décadas, Don Marcos falleció pocos meses más tarde, dejando un vacío familiar y un territorio listo para la especulación.


De la banca internacional a la pugna por el suelo patagónico


Tras el vaciamiento del lote, el predio fue transferido en 1965 a la familia Glas y, posteriormente, vendido en diciembre de 1973 a Luis Broers. A su fallecimiento, los derechos sucesorios recayeron en 1997 sobre su sobrina, María Cristina Broers, cuya representación legal y pública quedó bajo la conducción de su pareja, el ciudadano de origen canadiense Roy Donaldo Scott.

El derrotero de Roy Scott (D.N.I. 4.562.312) expone nexos directos con las altas esferas del poder financiero internacional. Scott se desempeñó como directivo principal y vicepresidente primero de The Bank of Nova Scotia (Scotiabank) en Argentina, rol desde el cual lideró en julio de 1997 la absorción del histórico Banco Quilmes, operando junto a su lugarteniente Anatol von Hahn.

Tras el colapso financiero de 2001-2002 y la subsecuente retirada de la entidad del mercado local, el exbanquero redirigió su protagonismo hacia la disputa por tierras en la cordillera. Instalado en Villa La Angostura, Scott asumió una postura de fuerte beligerancia mediática contra las comunidades locales y pobladores originarios, exigiendo la ejecución de desalojos compulsivos bajo el argumento de la seguridad jurídica y la defensa de la propiedad privada de inversores extranjeros.