La Cámara Federal de Casación Penal determinó que el exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, abandone el Complejo Penitenciario de Ezeiza para continuar cumpliendo su condena bajo el régimen de prisión domiciliaria. La medida responde a un agravamiento en su cuadro de salud que, según los magistrados, no puede ser atendido adecuadamente dentro del sistema carcelario.
Los fundamentos del traslado
La decisión, firmada por los jueces Mahiques, Borinsky y Yacobucci, revocó el rechazo previo del Tribunal Oral Federal (TOF) 4. Los puntos clave que inclinaron la balanza fueron:
·Evento cardíaco reciente: El 1 de abril, De Vido sufrió un infarto que derivó en una angioplastia y la colocación de un stent.
·Cuadro clínico complejo: A sus 76 años, el exfuncionario padece diabetes insulinodependiente, hipertensión arterial y fibrilación auricular persistente.
·Advertencia forense: El Cuerpo Médico Forense dictaminó que el entorno carcelario incrementa el riesgo de descompensaciones irreparables, calificándolo como un lugar "inadecuado" para su patología de alto riesgo cardiovascular.
El estado de su condena por la Tragedia de Once
De Vido cumple una pena de cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Aunque la Justicia lo absolvió del delito de estrago culposo (las muertes directas), lo halló responsable de administración fraudulenta.
El fallo ratificado sostiene que, como titular de Planificación entre 2003 y 2015, omitió su deber de supervisar los subsidios entregados a la empresa TBA, permitiendo el manejo irregular de fondos que debían garantizar la seguridad del servicio ferroviario. Cabe recordar que el siniestro del 22 de febrero de 2012 resultó en 51 víctimas fatales y más de 700 heridos.
Control y ejecución
La Corte Suprema ya había dejado firme la responsabilidad penal el año pasado, cerrando cualquier intento de prescripción. Con este nuevo escenario, el juez de ejecución penal tendrá la tarea de realizar controles periódicos sobre el domicilio de De Vido para asegurar el cumplimiento de la pena y monitorear su evolución médica.
