La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha dictaminado la prohibición en todo el territorio nacional y en plataformas de e-commerce de siete variedades de café en grano de las marcas Caffé del Doge, Caffé del Ponte Rialto y Café Sol. La medida, publicada bajo la Disposición 8385/2025, se tomó tras constatar que los artículos carecían de la habilitación sanitaria obligatoria y presentaban un rotulado engañoso.
El organismo de control calificó a los productos como “apócrifos” al demostrar que exhibían Registros Nacionales de Establecimiento (RNE) no válidos o inexistentes, y Registros Nacionales de Producto Alimenticio (RNPA) inventados.
Cadena de irregularidades destapada por una denuncia
La investigación se inició a raíz de la denuncia de un elaborador que alertó sobre el uso fraudulento de su RNE en uno de los envases de la marca Caffé del Doge. Al verificar la información, las autoridades sanitarias descubrieron que el RNPA consignado en el rótulo no correspondía a ningún producto registrado.
El rastreo llevó al personal del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) a una sucursal de Caffé del Doge Argentina. El dueño del local, si bien aseguró que los granos se usaban solo para preparación interna y no para venta directa, reveló que adquiría la mercadería a la firma “Junio 1995 SRL”. Además, indicó que la firma dueña de la marca Caffé del Doge realizaba el fraccionamiento en una planta identificada como “Café Sol”.
Planta de fraccionamiento sin habilitación
Al consultar los registros públicos, el INAL verificó que el RNE que figuraba en los rótulos no estaba vigente. Esto motivó un operativo conjunto con la Dirección Bromatológica de La Matanza en la fábrica “Café Sol”.
En el establecimiento, el responsable admitió que elaboraba productos tanto para su marca propia (“Café Sol”) como para fraccionar para Caffé del Doge. Lo crucial fue su confesión: no poseía los certificados de RNE ni de RNPA necesarios para operar legalmente. Durante la inspección, se constató la presencia de las demás variedades de café que también carecían de cualquier registro sanitario.
Los productos afectados son: Doge Rosso Blend (Caffé del Doge); Café Clásico, Café Colombia, Café Gourmet y Café Línea Baristas (Café Sol); Intenso Blend (Caffé del Ponte Rialto); y Expresso Café Crema.
Como resultado de la investigación, ANMAT no solo prohibió la elaboración y venta de todos estos artículos, sino que también ordenó el inicio de un sumario sanitario contra las firmas involucradas (Caffé del Doge Argentina – Junio 1995 SRL y el titular de Café Sol) por las graves faltas a la normativa alimentaria.
