El CD de Cutral Co aprueba el proyecto para declarar la emergencia habitacional en la ciudad. Se podrá comprar o construir y, en este último caso, es para vecinos que tienen terrenos propios. La propiedad deberá destinarse a vivienda familiar.
La emergencia habitacional será por dos años a partir de la promulgación de la norma.Tiene como objeto "acelerar el proceso de adopción de soluciones a la problemática de la falta de acceso a la vivienda".
En concreto, establece que habrá créditos hipotecarios para la construcción de vivienda con garantía real. La operatoria es para sectores medios que tienen ingresos garantizados.
Propone que el beneficiario debe entregar como mínimo un 5% de adelanto -puede ser superior- y se deberá devolver hasta en 120 cuotas, es decir 10 años.
El texto completo de la Ordenanza es el siguiente:
ARTICULO 1°- Se Declara la Emergencia Habitacional en la Ciudad de Cutral Co por el Plazo de dos (2) años a partir de la promulgación de la misma, el Departamento Ejecutivo hará una revisión a fin de determinar la continuidad de la emergencia dispuesta en el presente artículo.-
ARTICULO 2.- La presente Declaración se constituye un régimen excepcional de funcionamiento del Departamento Ejecutivo, que tiene como objeto acelerar el proceso de adopción de soluciones eficaces y eficientes a la problemática de la falta de acceso a la vivienda para el hábitat familiar.-
ARTICULO 3o.- El Departamento Ejecutivo fomentará el acceso a vivienda a través de crédito hipotecario y/o deberá incluir una garantía real suficiente para la adjudicación de cada unidad habitacional a sus beneficiarios por decreto del Departamento Ejecutivo.
El valor de la adjudicación se calculará según los metros cuadrados construidos y se hará en base al valor del índice del m2 de la construcción, equivalente a una cantidad de bolsas de cemento cuyo valor unitario será el precio promedio de venta de la bolsa de cemento portland normal de 50 kg marca Loma Negra, relevado el último día hábil de cada mes en por lo menos TRES (3) proveedores de materiales de la construcción de la ciudad.-
El índice del m2 de la construcción se determina dividiendo el valor final de la vivienda por la cantidad de metros cuadrados construidos y luego se divide por el precio promedio de venta de la bolsa de cemento portland normal de 50 kg marca Loma Negra, relevado el último día hábil de cada mes en por lo menos TRES (3) proveedores de materiales de la construcción de la ciudad.-
ARTICULO 4°.- El recupero del valor de la adjudicación, deberá abonarse de la siguiente manera, con vencimiento de cuotas el día 15 de cada mes:
EI CINCO POR CIENTO (5%) de anticipo, como mínimo, y el saldo restante hasta un máximo de CIENTO VEINTE (120) cuotas.
- El ajuste de la cuota mensual será de acuerdo al valor del Índice del m2 de la construcción equivalente a bolsas de cemento definida en el Articulo 3.El cual se ajustará semestralmente.
En el caso de adjudicación de vivienda de accesibilidad económica, el valor asignado resultará del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del fijado en el Articulo 3.