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Un fallo del fuero civil de Río Negro impuso una indemnización total de un millón de pesos —a razón de 500.000 pesos para cada uno de los propietarios— contra una vecina de la localidad rionegrina de Dina Huapi que utilizó un grupo de Facebook para cuestionar duramente las condiciones de higiene de un comercio local y calificar a sus dueños como “desagradables”.

La resolución judicial determinó que los comentarios excedieron el derecho legítimo a la queja al no contar con respaldo probatorio ni sanciones bromatológicas previas que avalaran las acusaciones sobre plagas y mal manejo de residuos.

Durante el proceso, la acusada argumentó que su intención era advertir sobre la presencia de aves y animales callejeros atraídos por restos de comida, llegando a relatar que un ave arrojó un trozo de pollo en su propiedad.

No obstante, el juez Mariano Castro concluyó que el impacto público de descalificar la salubridad de un local gastronómico en redes sociales provocó un perjuicio moral indemnizable, por lo que además de la reparación monetaria le ordenó publicar el fallo en el mismo espacio digital donde realizó los agravios.