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Por pedido del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló por unanimidad la condena de 20 años de prisión efectiva impuesta a Juan Pedro Cides por el homicidio de Franco Daniel Ramírez, ocurrido durante un partido de truco en Loncopué, y le fijó la pena de prisión perpetua.

La resolución hizo lugar al planteo presentado por la fiscal Laura Pizzipaulo, quien impugnó el fallo de primera instancia dictado por la jueza de garantías Carolina González al considerar que la magistrada se había apartado del régimen punitivo previsto en el Código Penal tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular por el delito de homicidio agravado por alevosía.

En su fundamento principal, respaldado por las juezas Patricia Lupica Cristo y Liliana Deiub, el magistrado Andrés Repetto argumentó que la respuesta jurídica no radica en convertir de forma arbitraria la pena perpetua en un monto temporal, sino en adecuar los mecanismos que permitan la progresividad del régimen penitenciario. En consecuencia, el tribunal resolvió declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 inciso 1 del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley 24.660 para el caso concreto, posibilitando que el condenado mantenga la pena máxima pero habilitando la opción de tramitar la libertad condicional tras cumplir 35 años de encierro.

El crimen ocurrió en el marco de una reunión social en la que la víctima fue atacada de manera sorpresiva con una estocada en el corazón mientras se encontraba en estado de ebriedad, tras lo cual el agresor se entregó voluntariamente en la unidad policial de Loncopué.