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Por pedido de la fiscal jefa Sandra González Taboada y la fiscal del caso Gabriela Macaya, un Tribunal de Impugnación rechazó los recursos de impugnación presentados por la defensa de seis de los diez acusados por la explosión de la escuela-albergue N°144 del paraje Aguada San Roque, en la que fallecieron la docente Mónica Jara, el gasista Nicolás Francés y su ayudante Mariano Spinedi.

Las y los abogados defensores de los imputados Raúl Capdevilla, Carlos Córdoba, Roberto Deza, S.P y D.P.B plantearon en la audiencia de ayer la incompetencia de la jueza Patricia Lupica Cristo, de la Segunda Circunscripción Judicial, para la investigación de los “delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. Estos fueron parte de los delitos atribuidos en la audiencia de formulación de cargos, del pasado 26 de abril, en la que intervino la magistrada.

Los jueces del Tribunal de Impugnación solicitaron a los letrados precisiones sobre el tipo de requerimiento. Esto es, si estaban requiriendo que la investigación se desdoble y vaya una parte a Neuquén capital (Primera Circunscripción Judicial) o si lo que estaban solicitando es que se modifique la fiscal que interviene en el caso. El planteo de la defensa fue en relación a la cuestión de competencia por la falsificación ideológica y el delito de fraude a la administración.

Por otra parte, el abogado defensor de Gabriel Adrián Potas, presentó una impugnación en el marco de la misma audiencia de formulación de cargos, en virtud de entender que se había afectado la garantía de su defendido en contra de la autoincriminación forzada y sostuvo que hubo una afectación a una garantía constitucional.
Ante los planteos de la defensa, tanto la querella particular en representación del gremio ATEN y los familiares de las víctimas, como la fiscalía, sostuvieron que la decisión impuesta es inimpugnable y solicitaron al tribunal que se rechace la admisibilidad del recurso presentado por la defensa y se ratifique la decisión impuesta por la jueza de garantías en la audiencia de formulación de cargos realizada el 26 de abril pasado.

La fiscal jefa Sandra González Taboada sostuvo que: “todos sabemos que la voluntad del legislador provincial fue establecer la posibilidad de impugnar las decisiones judiciales que en la forma expresa lo determine la manda legal, y no es el supuesto del caso, la letra de la propia ley y su interpretación más amplia no lo permite”.

En la audiencia de hoy, el Tribunal de Impugnación avaló por unanimidad el pedido de la fiscalía y resolvió la inadmisibilidad de los recursos presentados por las defensas particulares. De esta manera, confirmó las decisiones impuestas por la magistrada Lupica Cristo con anterioridad.

El caso

De acuerdo con la investigación provisoria del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 29 de junio de 2021 en la escuela-albergue N° 144 del paraje Aguada San Roque. En el lugar estaba el gasista matriculado Nicolás Francés junto a su sobrino Mariano Spinedi. Allí realizaban tareas vinculadas a la instalación de gas y la verificación del funcionamiento de calefactores.

Alrededor de las 13.50, ambas personas, junto a la docente Mónica Jara, fueron hacia un ambiente destinado al albergue de niñas, donde en forma inmediata a sus ingresos, se produjo una deflagración y posterior incendio. Francés y Spinedi sufrieron quemaduras y fallecieron en forma inmediata; y en el caso de Jara logró salir por una ventana, fue asistida y trasladada hacia la ciudad de Mendoza, donde falleció el 12 de julio de 2021.