El Ministerio de Salud de la provincia de Neuquén informó la nueva actualización que se realizó el lunes 24 de enero, sobre la clasificación de casos confirmados por criterio Clínico - Epidemiológico.

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El escrito indica:
Toda persona que reúna al menos un criterio epidemiológico y al menos uno de los criterios
clínicos de los detallados más abajo
CUMPLA AL MENOS UNO DE LOS SIGUIENTES CRITERIOS CLÍNICOS
1. Presente dos o más de los siguientes síntomas:
• fiebre
• tos
• odinofagia
• dificultad para respirar
• vómitos/diarrea*
• cefalea/mialgias*
• Rinitis/Congestión nasal*
2. Presente anosmia/disgeusia*
Cumpla al menos uno de los siguientes criterios epidemiológicos
1. Haber tenido contacto estrecho con un caso confirmado en los últimos 10 días.
2. Haber participado de un evento o espacio social/laboral u otro en el cual se hayan
producido al menos 3 casos confirmados (brote),
3. Resida en la provincia del Neuquén cuando la incidencia sea superior a 500 casos
c/100.000 habitantes en los últimos 14 días
* Los signos o síntomas separados por una barra (/) deben considerarse como uno solo.

Dirección General de Epidemiología e Información Sanitaria | MINISTERIO DE SALUD
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www.saludneuquen.gob.ar
Se procurará el diagnóstico etiológico por laboratorio a los casos confirmados por criterio clínico
epidemiológico que formen parte de los siguientes grupos:
• Pacientes que presenten criterios clínicos de internación
• Personas con factores de riesgo
• Personas mayores de 60 años
• Personas gestantes
• Personas que residan o trabajen en instituciones cerradas o de internación prolongada.
• Personas fallecidas, sin causa conocida
• Personas que presenten empeoramiento de síntomas
Todos los casos confirmados por criterios clínico-epidemiológicos deben ser evaluados
clínicamente, durante toda su evolución, para identificar signos de alarma y/o diagnósticos
diferenciales.
Estos casos son considerados confirmados a los efectos de las medidas de prevención y control y
no requerirán estudios para el diagnóstico etiológico (salvo en los grupos exceptuados
mencionados previamente).
Los casos confirmados con criterio clínico epidemiológico deberán ser notificados a SISA por el efector que realizar el diagnóstico y realizar la ficha epidemiológica digital en ANDES.