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PLAZA HUINCUL — El intendente Claudio Larraza dispuso el veto parcial de la Ordenanza N.º 2151/2026, sancionada por el Concejo Deliberante el pasado 13 de octubre, la cual pretendía adherir "en todos sus términos" a la Ley Provincial N.º 3358 sobre el nuevo Régimen de Licencias Familiares Igualitarias para los empleados públicos.


A través del Decreto N.º 1906/2026 enviado al deliberativo, el Departamento Ejecutivo fundamentó la medida señalando que, si bien se comparte el espíritu de ampliar derechos y promover la corresponsabilidad en el cuidado con perspectiva de género, la redacción aprobada por el cuerpo normativo genera vacíos legales, superposiciones técnicas y un impacto económico no contemplado en el presupuesto municipal.

Los argumentos del veto: Autonomía y sostenibilidad financiera

En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo municipal remarcó los siguientes aspectos centrales:

• Invasión de facultades del Ejecutivo: La regulación del Estatuto del Personal Municipal y la carrera administrativa es una iniciativa exclusiva del intendente (artículos 89 y 223 de la Carta Orgánica).

Su modificación por la vía de una adhesión directa sin participación gremial previa vulnera la Carta Orgánica.

• Incompatibilidad técnica y jurídica: La Ley Provincial N.º 3358 aplica obligatoriamente a la administración provincial. Una adhesión literal contendría términos inaplicables al ámbito municipal (como referencias a los tres poderes provinciales o al Registro Único de Adopción), además de generar contradicciones al convivir con el Estatuto Municipal vigente (Ordenanza N.º 296).

• Vacíos y sesgos en el texto: Se advierte que la redacción del articulado tal como se aprobó omitía precisar el alcance de franquicias por adaptación escolar, restringía el cómputo de licencias para parejas de agentes municipales e incurría en la exclusión involuntaria de la licencia trasparto para el personal no gestante.

• Impacto presupuestario no previsto: El régimen aprobado supone erogaciones significativas para el municipio —como licencias con goce íntegro de haberes de hasta 210 días, licencias de hasta 730 días y la cobertura de puestos durante las ausencias— sin que la ordenanza hubiese determinado la estimación de sus costos o la previsión presupuestaria correspondiente.

La propuesta del Municipio: Modificaciones y nuevo régimen

En lugar de rechazar por completo la iniciativa, el Ejecutivo elevó al Concejo Deliberante un paquete de modificaciones a los artículos 72 y 113 de la Carta Orgánica y un articulado propio para articular la ley provincial con la realidad municipal.

Asimismo, el decreto establece en su artículo 3.º la suspensión (diferimiento) de la promulgación de las partes no observadas de la ordenanza hasta tanto el Concejo se expida, al considerar que el régimen de licencias constituye una unidad indivisible que no puede regir de forma parcial.

El proyecto retorna ahora al Concejo Deliberante para su tratamiento, donde los concejales deberán evaluar las correcciones sugeridas por el Ejecutivo para otorgar certezas jurídicas y financieras a los trabajadores municipales.