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Aunque la conmemoración legal establecida por la Ley 26.541 es el 26 de septiembre, el sector mercantil acordó mover la jornada de descanso para conformar un fin de semana largo. Se detallan el alcance de la medida y las pautas para la liquidación salarial.

Los trabajadores mercantiles tendrán su jornada de descanso el próximo lunes 28 de septiembre, tras confirmarse el traslado de la conmemoración del Día del Empleado de Comercio. Aunque la fecha legal dispuesta por la Ley 26.541 es el 26 de septiembre, las partes signatarias del convenio colectivo resolvieron pasar la jornada de reposo al lunes inmediato con el objetivo de facilitar un corte continuo en la actividad del sector.

En el plano laboral, la jornada se regirá bajo el marco normativo de los feriados nacionales. El acuerdo alcanzado prohíbe explícitamente que las empresas utilicen el lunes 28 de septiembre como franco compensatorio del descanso semanal habitual.

Respecto del esquema de liquidación salarial, se aplicarán los siguientes criterios:

Empleados que no presten tareas: Percibirán su remuneración habitual sin sufrir ningún tipo de descuento en sus haberes.

Empleados que cumplan funciones: Deberán cobrar la jornada como un día feriado trabajado, recibiendo el recargo correspondiente conforme a la Ley de Contrato de Trabajo.

El beneficio alcanza a la totalidad del personal encuadrado en la actividad mercantil. Entre ellos se incluye a los trabajadores de supermercados, tiendas mayoristas, centros comerciales, locales de indumentaria, calzado, perfumerías, comercios de electrodomésticos y demás establecimientos minoristas. La medida abarca a las diversas áreas operativas, como personal de caja, administración, reposición y atención al público.

No obstante, la normativa excluye a aquellos trabajadores que prestan servicios dentro de establecimientos comerciales pero se encuentran bajo otros convenios colectivos de trabajo. En esos casos, las condiciones laborales y los feriados aplicables se regirán por el estatuto o convenio propio de su respectiva actividad.