Tras la eliminación del capítulo que introducía cambios en la Ley de Tierras y la flexibilización de venta a extranjeros, este jueves el Senado debatirá la aprobación del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. La iniciativa, impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, llega al recinto en una versión acotada tras sufrir múltiples modificaciones y cuatro postergaciones desde su ingreso en marzo.
El texto resultante centra su eje en agilizar los procesos de restitución de inmuebles y modifica aspectos clave en materia de desalojos, expropiaciones y manejo del fuego:
Desalojos exprés para inmuebles usurpados e inquilinos en mora
El proyecto establece la aplicación de un trámite sumarísimo para casos de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la entrega inmediata si el derecho invocado es verosímil y previa caución juratoria. A pedido del propietario —quien deberá acreditar la titularidad mediante prueba documental—, la justicia podrá intimar la devolución de la propiedad en un plazo de 72 horas.
En el caso de contratos de alquiler, ante la falta de pago, el propietario deberá enviar una carta documento otorgando un plazo de 10 días corridos para regularizar la deuda. De mantenerse el incumplimiento, se podrá iniciar la acción judicial con ejecución de desalojo en 10 días hábiles. Asimismo, se fija que el locador no podrá negarse a recibir las llaves, aunque podrá dejar asentada la existencia de deudas pendientes. Ante la presencia de menores o personas en situación de desamparo, se dará intervención obligatoria a organismos de protección y al Ministerio Público Tutelar, fijando un plazo máximo de 10 días para garantizar una alternativa habitacional transitoria sin detener el proceso.
Límites a las expropiaciones estatales
La declaración de "utilidad pública" por parte del Estado deberá interpretarse de manera restrictiva y con fundamentación clara. El dictamen fijó un tope del 30% de indemnización por lucro cesante, estableciendo una tasa de interés basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación a 30 días. Si bien el Estado podrá solicitar la posesión del bien, la transferencia definitiva no se concretará sin el pago previo de la indemnización.
Modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego
En el apartado ambiental, el proyecto deroga la prohibición de 30 años para cambiar el uso del suelo en superficies incendiadas dentro de zonas agropecuarias, praderas, pastizales y áreas periurbanas. En lo relativo a bosques nativos, aunque se mantiene la prohibición de cambiar el uso y destino de la tierra, se elimina el plazo restrictivo de 60 años fijado en la normativa vigente.
