La FAECyS y las cámaras del sector pactaron la actualización salarial que se abonará en tres tramos entre julio y septiembre. Además, se aplazó la incorporación al básico de los $120.000 no remunerativos.
BUENOS AIRES. La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) alcanzó un nuevo acuerdo paritario con las cámaras empresarias del sector —la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA)— en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75.
La revisión establece un incremento salarial del 5,7%, el pago de una asignación extraordinaria de $50.000 y la reestructuración del cronograma para incorporar una suma fija no remunerativa de $120.000 a los sueldos básicos.
Cómo se aplicarán los aumentos y la asignación extraordinaria
El incremento del 5,7% se calculará sobre las escalas de las remuneraciones básicas tomando como base los valores correspondientes a junio de 2026, más las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha. Se abonará en tres tramos iguales del 1,9% cada uno:
Julio de 2026: primer tramo del 1,9%.
Agosto de 2026: segundo tramo del 1,9%.
Septiembre de 2026: tercer tramo del 1,9%.
En paralelo, se acordó el pago de una asignación extraordinaria por única vez, no remunerativa y no acumulativa, de $50.000. Este monto se liquida en dos cuotas iguales de $25.000: la primera con el sueldo de julio y la segunda con los haberes de agosto.
Prórroga para la suma fija de $120.000
Otro de los puntos centrales del entendimiento radica en la postergación de la incorporación al salario básico de la suma fija no remunerativa de $120.000 que se encontraba vigente. En lugar de aplicarse en una sola instancia, se concretará en seis cuotas mensuales de $20.000 entre finales de este año y mediados del próximo:
Diciembre de 2026
Enero de 2027
Febrero de 2027
Marzo de 2027
Abril de 2027
Mayo de 2027
Las sumas pendientes mantendrán su liquidación según lo estipulado en el acuerdo previo del 26 de marzo de 2026.
Alcance y próxima revisión
El acuerdo entra en vigencia a partir del 1° de julio de 2026. Como parte de los compromisos asumidos, el gremio y las cámaras empresarias pactaron volver a reunirse en octubre para evaluar la marcha de la economía y analizar eventuales ajustes salariales.
Por último, el acta especifica que estos incrementos no serán de aplicación obligatoria para los convenios de la ciudad de Río Grande (Tierra del Fuego), aunque las cifras resultantes de esta negociación establecerán el piso salarial convencional una vez que el acuerdo obtenga la homologación oficial.
