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En una sentencia clave que sienta un precedente fundamental sobre la perspectiva de género en el derecho de familia, el Superior Tribunal de Justicia de Formosa ratificó una condena contra un empresario que deberá transferir la mitad del valor de su fortuna a su expareja. El fallo valida el reclamo de compensación tras la disolución de una unión convivencial de 13 años, donde se constató un marcado desequilibrio financiero y maniobras fraudulentas para desamparar a la mujer y a los tres hijos en común.


Los roles familiares y el inicio de la desprotección

Durante más de una década de vida en común, la pareja funcionó bajo un esquema de división de tareas donde el demandado, identificado como J. M. G., actuaba como el sostén financiero exclusivo, consolidándose como apoderado de una corporación familiar y logrando un crecimiento patrimonial exponencial.

En contrapartida, la mujer se abocó por completo al cuidado de los hijos, la atención de la vivienda y la gestión operativa de los alquileres pertenecientes al hombre, postergando de manera absoluta su propio desarrollo educativo y laboral.

La relación se interrumpió de forma abrupta en agosto de 2019, cuando el Tribunal de Familia dispuso la exclusión del hogar del empresario y le fijó una restricción de acercamiento en medio de un proceso judicial por violencia intrafamiliar.
La maniobra para disolver el patrimonio y el desalojo

El expediente judicial dejó al descubierto una ingeniería económica destinada a vaciar el patrimonio real del demandado con el objetivo de evitar futuros reclamos de su expareja. Los peritajes comprobaron que:

Dispersión de activos: Durante la vigencia de la convivencia, numerosos bienes y propiedades adquiridos por el hombre fueron registrados sistemáticamente a nombre de su madre, de su hermana y de la firma comercial que administraba.

Desalojo familiar: El punto crítico de este entramado ocurrió cuando el inmueble que funcionaba como vivienda familiar fue transferido de manera ficticia a la hermana del acusado. Esta acción derivó en una orden judicial de desalojo que obligó a la mujer y a sus tres hijos a abandonar el hogar de toda su vida.

La justificación del desequilibrio económico

La Sala B del Tribunal de Familia consideró acreditado que la ruptura dejó a la demandante en una situación de extrema vulnerabilidad. Si bien la mujer realizó un enorme esfuerzo posterior para concluir sus estudios secundarios y conseguir un puesto de trabajo, los magistrados determinaron que estos logros no compensaban el daño previo.

El fallo remarcó que el empleo remunerado se obtuvo recién catorce meses después de la separación, tras haber dedicado más de diez años a tareas domésticas no remuneradas y en medio de un contexto de sistemática violencia física, psicológica y económica.

Frente a este escenario de desprotección, la Justicia ratificó que la manera más equitativa de sanar el perjuicio era ordenar una reparación equivalente a la mitad de todo el capital generado por el empresario durante el tiempo que duró el proyecto familiar.