Imagen

En una sentencia que sienta un precedente clave para el sector previsional, el Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya declaró la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios. El fallo establece que este tributo vulnera derechos fundamentales y ordena el cese inmediato de los descuentos.

La resolución judicial hace lugar a un amparo que impugna el artículo 79, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Según el magistrado, las jubilaciones no deben considerarse "ganancia" en términos tributarios, sino que representan un ingreso de carácter alimentario que sustituye al salario percibido durante la etapa activa.
Reintegro con intereses

Como consecuencia de esta medida, la Justicia ordenó:

El cese inmediato de cualquier retención bajo este concepto sobre los haberes del demandante.

La devolución de la totalidad de los montos descontados desde el inicio de la demanda, sumando los intereses correspondientes.

Que los gastos del proceso judicial sean costeados íntegramente por la parte demandada.

El respaldo de la Corte Suprema

Para fundamentar la decisión, el juzgado se apoyó en el precedente "García, María Isabel" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal ya ha sostenido que este impuesto afecta la integridad de las prestaciones previsionales y no tiene en cuenta la vulnerabilidad propia de la clase pasiva.

La sentencia subraya que aplicar este gravamen atenta contra el principio de igualdad, ya que las jubilaciones son el resultado de aportes realizados durante décadas y su fin es garantizar una vida digna, no generar un lucro imponible.