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En una sentencia que marca un hito en la justicia correntina, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) decidió devolverle los derechos sucesorios a una mujer que había sido excluida de la herencia de su marido. La clave para revertir el caso no fue un documento firmado, sino un mensaje de audio de WhatsApp enviado por el hombre poco antes de fallecer.

El conflicto: divorcio en trámite y separación de hecho


Originalmente, la justicia de primera y segunda instancia había aplicado estrictamente el artículo 2437 del Código Civil y Comercial. Esta norma establece que, si una pareja está separada de hecho o tiene un divorcio en curso, los cónyuges pierden el derecho a heredarse mutuamente. Bajo esta lógica, la mujer no tenía derecho a los bienes del causante.

"No puedo perderla": el audio que lo cambió todo

El panorama cambió cuando se presentó como prueba una comunicación que el hombre mantuvo con su abogado antes de morir. En el audio, certificado por escribano, el fallecido expresaba con claridad:

"Quiero desistir del divorcio vincular, es mi voluntad. Me di cuenta que no puedo perderla. Si me pasa algo, no quiero dejarla en banda".

Para los ministros del STJ, Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Augusto Niz y Alejandro Alberto Chain, estas palabras representaban una voluntad inequívoca de reconciliación.

El tribunal consideró que el deseo del hombre de proteger patrimonialmente a su esposa anulaba la exclusión automática que prevé la ley.

El triunfo de la voluntad sobre el formalismo

El fallo también criticó duramente el criterio de la Cámara de Apelaciones de Curuzú Cuatiá. Dicha cámara había rechazado el audio porque el hombre no llegó a ratificar su decisión de frenar el divorcio en una audiencia formal.

Sin embargo, el máximo tribunal correntino dictaminó que la ratificación es un trámite formal y no una condición que invalide la voluntad real, la cual ya había quedado probada mediante el mensaje de voz. Con este argumento, el STJ revocó las sentencias anteriores y reconoció oficialmente a la mujer como heredera.